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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 81, viernes 2 de mayo de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
1965

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2014, del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se conceden las ayudas reguladas por la Orden de 22 de octubre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, para realizar la adquisición de equipamiento en centros concertados y centros públicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al año 2013.

Los artículos 12 y 13 de la Orden de 22 de octubre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones, correspondientes al ejercicio 2013, para equipamiento de centros concertados y centros públicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formación Profesional, establecen que corresponde al Viceconsejero de Formación Profesional dictar Resolución, a propuesta de la Comisión de Valoración, sobre las solicitudes presentadas al amparo de la citada Orden, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, debiéndose publicar en el Boletín Oficial del País Vasco, a efectos de notificación, con indicación de las entidades beneficiarias y los importes concedidos.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Conceder, a propuesta de la Comisión de Valoración, las subvenciones que se relacionan en el anexo destinadas a los centros beneficiarios para la adquisición de equipamiento, en base a los criterios establecidos en los artículos 4, 7, 8, 9 y 10 de la Orden.

Artículo 2.– Denegar la solicitudes presentadas por los centros «CPEIPS Urkide Ikastetxe S.C. HLBHIP» y «CPEIPS Paula Montal HLBHIP» de Vitoria-Gasteiz, «CPEIPS San Frantzisko Xabier Ikastola HLBHIP» de Mondragón, «CPES María Inmaculada BHIP» de San Sebastián, «CPES Oscus - Dolores Sopeña BHIP» y «CPES María Inmaculada BHIP» de Bilbao, y «CPES Orue Eskola BHIP» de Amorebieta-Etxano, por no cumplir con el artículo 2 de la Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes, a partir de la notificación de esta Resolución a los centros.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de abril de 2014.

El Viceconsejero de Formación Profesional,

JORGE ARÉVALO TURRILLAS.

(Véase el .PDF)

Análisis documental