Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 71, viernes 11 de abril de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ANUNCIOS

Otros anuncios oficiales

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1743

EDICTO de la Directora de Servicios Sociales, sobre el expediente que a continuación se señala (Expediente: VG BI 201/13).

Lide Amilibia Bergaretxe, Directora de Servicios Sociales del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente:

EDICTO

Tras dos intentos de entrega, no se ha podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a Ángela Franco Figueroa en el domicilio aportado por la misma en el expediente VG BI 201/13, por lo que se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndosele saber a la interesada el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:

a) Anexo I.

b) Alta de Tercero/a.

c) Certificado de empadronamiento que incluirá la relación de todas las personas residentes, expedido con una antelación inferior al mes respecto de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda y en el que no figure el agresor.

d) Cartilla de paro de todas las personas integrantes de la unidad de convivencia en edad laboral o en su caso certificado de estar estudiando.

A fin de determinar la concesión de la ayuda solicitada al amparo de la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por el que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se concede a la solicitante el plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante el Servicio de Violencia de Género de la Dirección de Servicios Sociales en la calle Gran Vía, 81, 1.º, 48011, Bilbao, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su solicitud.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2014.

La Directora de Servicios Sociales,

LIDE AMILIBIA BERGARETXE.


Análisis documental