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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 248, martes 31 de diciembre de 2013


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE BILBAO
5630

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 961/12.

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.

Juicio: procedimiento ordinario 961/12.

Demandante: Ana Mari Alayo Bilbao, Juan Ramón Guinea Oruechevarria, Ailander Garcia Ulayar, Josu del Molino Blanco, Miguel Angel Dominguez Aybar y Carlos Solaun Ruiz.

Abogado.

Procurador: Maria Luisa Gutierrez Ontoria.

Demandado: Norberto Figuero Urquiza.

Sobre: demanda de juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia 163/13, de 3 de julio, cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

1.– Estimar íntegramente la demanda formulada por D. Ailande García Ulayar, D. José del Molino Blanco, D. Miguel Ángel Domínguez Aybar, Dña. Ana Mari Alayo Bilbao, D. Carlos Soláun Ruiz y D. Juan Ramón Guinea Oruechevarria, representados por la Procuradora de los Tribunales Dña. Maria Luisa Gutiérrez Ontoya; frente a D. Norberto Figuero Urquiza, declarado en rebeldía.

2.– Condenar a D. Norberto Figuero Urquiza a que abone a la parte actora la cantidad global de doscientos veintidós mil seiscientos noventa y cinco euros con treinta y siete céntimos (222.695,37); de la cual corresponde, a cada uno de los actores, las cantidades individuales adeudadas fijadas en hechos probados.

3.– Condenar a D. Norberto Figuero Urquiza a que satisfaga la cantidad que resulte de aplicar a cada importe, el interés legal desde el 2 de noviembre de 2012 hasta hoy, devengando el global que resulte el citado interés legal elevado en dos puntos desde esta fecha hasta la completa satisfacción del actor.

4.– Se imponen las costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Norberto Figuero Urquiza, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 7 de noviembre de 2013.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental