Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 247, lunes 30 de diciembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
5597

RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2013, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden subvenciones a organizaciones, asociaciones y fundaciones que impulsen y promuevan actividades de sensibilización y prevención de comportamientos violentos, así como de atención y apoyo a las víctimas de la violencia contra las mujeres durante el año 2013.

Por Resolución de 9 de julio de 2013, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se regularon y convocaron subvenciones a organizaciones, asociaciones y fundaciones que impulsaran y promovieran actividades de sensibilización y prevención de comportamientos violentos, así como de atención y apoyo a las víctimas de la violencia contra las mujeres durante el año 2013.

El artículo 10 de la Resolución de 9 de julio de 2013 establece que las solicitudes serán resueltas por la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, a propuesta de la Comisión de selección nombrada para tal fin.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la antedicha Resolución, una vez aceptada la subvención se procederá al pago del 75% de la cantidad concedida y el segundo pago del 25% restante se abonará una vez justificados, antes del 10 de enero de 2014, los gastos generados.

Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de Selección,

RESUELVO:

Primero.– Conceder subvenciones por importe total de doscientos sesenta mil euros (260.000) euros a las organizaciones, asociaciones y fundaciones que se relacionan en el anexo I por los importes concretos que se indican en el mismo.

Segundo.– Nombrar suplentes a las asociaciones que se mencionan en el anexo II por las cantidades que en el mismo se señalan.

Tercero.– Denegar las ayudas a las entidades que se relacionan en el anexo III por las razones que en el mismo se señalan.

Cuarto.– Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.

Quinto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la recepción de la misma.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2013.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.

(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)

Análisis documental