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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, viernes 13 de diciembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
5410

RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2013, del Director de Pesca y Acuicultura, por la que se convocan exámenes ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2014.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 290/1994, de 12 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de Enseñanzas Náutico-Deportivas y Subacuático-Deportivas, esta Dirección, en uso de las facultades que tiene atribuidas en virtud del artículo 21 del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad,

RESUELVE:

Establecer las convocatorias de exámenes teóricos y prácticos a realizar a lo largo del año 2014 para la obtención de las titulaciones que a continuación se citan:

Exámenes teóricos:

1.ª Convocatoria.– A partir del 3 de febrero de 2014, para la obtención de las siguientes titulaciones:

a) Patrón para navegación básica.

b) Patrón de embarcaciones de recreo.

c) Patrón de yate.

d) Capitán de yate.

2.ª Convocatoria.– A partir del 12 de mayo de 2014, para la obtención de las siguientes titulaciones:

a) Patrón para navegación básica.

b) Patrón de embarcaciones de recreo.

c) Patrón de yate.

d) Capitán de yate.

e) Patrón de moto náutica.

3.ª Convocatoria.– A partir del 22 de septiembre de 2014, para la obtención de las siguientes titulaciones:

a) Patrón para navegación básica.

b) Patrón de embarcaciones de recreo.

c) Patrón de yate.

d) Capitán de yate.

4.ª Convocatoria.– A partir del 19 de noviembre de 2014, para la obtención de las siguientes titulaciones:

a) Patrón para navegación básica.

b) Patrón de embarcaciones de recreo.

c) Patrón de yate.

d) Capitán de yate.

e) Patrón de moto náutica.

Exámenes prácticos:

Única convocatoria.– A partir del 16 de junio de 2014, para la obtención de las siguientes titulaciones:

a) Patrón para navegación básica.

b) Patrón de embarcaciones de recreo.

c) Patrón de yate.

d) Capitán de yate.

Las fechas exactas de los exámenes se anunciarán en la página web del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, www.nasdap.net con una semana de antelación a la celebración de los mismos.

Con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

Primera.– 1.– Los exámenes se celebrarán como sigue:

a) La primera y tercera convocatorias de los exámenes teóricos se celebrarán únicamente en la Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas Navales de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea en Portugalete (Bizkaia).

b) La segunda, y cuarta convocatorias de los exámenes teóricos se celebrarán únicamente en el IES Náutico Pesquero de Pasaia – Blas de Lezo BHI de Pasai San Pedro (Gipuzkoa).

Asimismo, serán evaluados por los Tribunales constituidos al efecto de acuerdo con lo previsto en la base quinta de la presente Resolución y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero sobre indemnizaciones por razón de servicio.

2.– Los exámenes se ajustarán a los programas en vigor, según la normativa reguladora de la materia.

3.– El exámen práctico para cada titulación constará de dos partes, práctica de navegación y práctica de seguridad.

4.– La solicitud se ajustará al modelo que se adjunta como anexo a la presente Resolución.

5.– Junto con la solicitud, será preciso presentar los siguientes documentos:

– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, y en su caso los menores de edad y mayores de 16 años deberán presentar autorización escrita del padre/madre o tutor/a.

– Una fotografía tamaño carné. (sólo para exámen práctico)

– Resguardo original que acredite haber abonado, en la cuenta n.º 3035 0010 81 0100051740, de la Caja Laboral, los correspondientes derechos de exámen de acuerdo con Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, sin perjuicio de la correspondiente actualización recogida en la normativa presupuestaria, que son los siguientes:

(Véase el .PDF)

– Certificado médico (artículo 18 de la Orden FOM 3200/2007) se acreditará según Resolución de 11 de enero de 2010: en impreso oficial en el que se certifique la aptitud psicofísica, de acuerdo con los requisitos exigidos para la expedición del permiso de conducir (no será necesario realizar dicho reconocimiento si ha transcurrido un período menor de dos años desde la fecha de obtención o renovación de cualquier título, o desde la realización de alguno de los exámenes, objeto de la regulación de esta orden). Aquellos ciudadanos que acrediten que no ha pasado más de dos años de la fecha de obtención o renovación de su permiso de conducir vehículos terrestres a motor en vigor, presentarán una copia del citado permiso y una revisión de la visión ocular a los efectos de diferenciar los colores, especialmente el verde y el rojo, que deberá realizarse en un CRC.

En sustitución del certificado original, a que se refiere el párrafo anterior. Se podrá presentar fotocopia compulsada de los reconocimientos médicos en vigor para el embarque, expedido por el Instituto Social de la Marina, o los expedidos por médicos militares en los que se acredite la aptitud para navegar del militar solicitante.

– Certificado del último exámen realizado, en caso de que los candidatos hayan superado una parte del programa de la titulación a la que se presentan.

– Título, o resguardo de solicitud de Patrón de Embarcaciones de Recreo, para presentarse a Patrón de Yate.

– Título, o resguardo de solicitud de Patrón de Yate, para presentarse a Capitán de Yate.

6.– Asimismo, los aspirantes deberán ir provistos en el momento de la celebración de los exámenes teóricos de los documentos, materiales y útiles que a continuación se relacionan, dependiendo del exámen al que se presenten:

– Patrón para Navegación Básica: documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, bolígrafo y material necesario para realizar el ejercicio.

– Patrón de Embarcaciones de Recreo: documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, bolígrafo y material necesario para la resolución de cartas náuticas, no admitiéndose calculadora programada.

– Patrón de Yate: documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, y material necesario para la resolución de cartas náuticas. No se admite calculadora programada.

– Capitán de Yate: documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte y material necesario para la resolución de ejercicios de cinemática, cálculos astronómicos y ortodrómica (incluyendo el almanaque náutico de 2014), no admitiéndose calculadora programada. Asimismo, en el exámen de Inglés no se podrá utilizar diccionario.

7.– Los plazos de presentación de las solicitudes serán los siguientes:

Exámenes teóricos:

– 1.ª Convocatoria de febrero de 2014: del 13 al 17 de enero de 2014, ambos inclusive.

– 2.ª Convocatoria de mayo de 2014: del 7 al 11 de abril de 2014, ambos inclusive.

– 3.ª Convocatoria de octubre de 2014: del 1 al 5 de septiembre de 2014, ambos inclusive.

– 4.ª Convocatoria de noviembre de 2014: del 27 al 31 de octubre de 2014, ambos inclusive.

Exámenes prácticos:

Única convocatoria de junio de 2014: el plazo de presentación de la solicitud de matrícula es el siguiente: del 2 al 6 de junio de 2014.

8.– Las solicitudes para tomar parte en los exámenes podrán entregarse en las siguientes dependencias administrativas:

a) Departamento de Desarollo Económico y Competitividad. Gobierno Vasco. c/ Donostia, 1. Vitoria-Gasteiz.

b) IES Náutico Pesquero de Pasaia – Blas de Lezo BHI. c/ Los Marinos, 2. Pasai San Pedro (Gipuzkoa).

c) Servicio de Ordenación Pesquera del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. Gobierno Vasco. c/ Easo, 10. Donostia - San Sebastián.

d) Servicio de Estructuras Pesqueras del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. Gobierno Vasco. General Concha, n.º 23 – 2.ª planta. Bilbao.

9.– La solicitud sólo tendrá validez para una única convocatoria. Para participar en una convocatoria posterior es necesario presentar una nueva solicitud acompañada de la documentación señalada en el punto 3 de la base segunda. El certificado médico no será exigible a aquellas personas que acrediten título anterior (o certificado de exámen previo), si lo ha obtenido o renovado en un tiempo inferior de 2 años a la fecha de la convocatoria que solicita.

10.– La no presentación a exámen, salvo por causa grave y debidamente justificada a juicio del tribunal, no dará lugar a cambio de matrícula para una próxima convocatoria, ni a la devolución de los derechos de exámen.

Segunda.– Los Tribunales para juzgar las pruebas serán designados por el Director de Pesca y Acuicultura del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco.

Tercera.– Los Presidentes de los Tribunales, harán público en el tablón de anuncios de cada centro examinador las fechas de los exámenes correspondientes a las distintas convocatorias y titulaciones, dentro de los plazos previstos en la presente convocatoria y sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera. Asimismo, y con la debida anticipación, harán público en el tablón de anuncios de cada centro las horas de los exámenes correspondientes a cada una de las titulaciones, la composición de los tribunales examinadores, así como las listas de admitidos y excluidos.

Cuarta.– Finalizados los exámenes, se expondrán en el tablón de anuncios de las dependencias administrativas señaladas en la base segunda de la presente Resolución las listas de las calificaciones obtenidas. Asimismo se podrán consultar en la página web del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad: www.nasdap.net

Los candidatos podrán, en su caso, formular las reclamaciones que estimen oportunas, ante el Presidente de cada Tribunal, en el plazo de 5 días, a contar desde la fecha en que sean publicadas las mencionadas listas. Las reclamaciones deberán estar debidamente razonadas, e ir acompañadas de fotocopia del DNI y dirigidas al Secretario del Tribunal, con indicación de los datos personales, domicilio y código postal de la localidad, al objeto de dar la oportuna contestación por escrito.

Los exámenes se conservarán durante un período de 2 años a contar desde la adquisición de firmeza de las calificaciones. Excepcionalmente se conservará durante 3 años aquellos exámenes que hayan sido objeto de revisión.

Los Secretarios de los Tribunales, con el visto bueno de sus respectivos Presidentes, expedirán certificaciones individuales a petición del interesado a aquellos candidatos que habiendo aprobado parte de las pruebas correspondientes a los títulos de Patrón de Yate y de Capitán de Yate deseen continuar con sus exámenes en otra Comunidad Autónoma.

Quinta.– La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/1999.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2013.

El Director de Pesca y Acuicultura,

LEANDRO AZCUE MUGICA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental