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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 179, jueves 19 de septiembre de 2013


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DEPARTAMENTO DE SALUD
3987

ANUNCIO por el que se notifica a D. Borja Hidalga Hormaeche («Pub Chelsea»), la resolución del procedimiento sancionador expediente n.º B-1/13-T, incoado por la Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

No siendo localizable, a efectos de la notificación de la resolución dictada dentro del expediente sancionador incoado a D. Borja Hidalga Hormaeche (titular del «Pub Chelsea» – c/ Particular de Arsuaga, n.º 2, de Bilbao), se procede a la publicación del presente anuncio.

En virtud del mismo se le hace saber que ha sido emitida resolución dentro de expediente sancionador por la comisión de una infracción sanitaria leve (infracción de la Ley 18/1998, de 25 de junio - tabaco), imponiéndosele una sanción de multa por importe global de 1.000 euros.

Advertencias legales:

La resolución sancionadora, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Viceconsejero de Salud. El recurso de alzada podrá interponerse ante el citado Viceconsejero o la Delegación Territorial de Salud de Bizkaia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se podrá examinar el expediente en la Delegación Territorial sita en Bilbao (Bizkaia), calle Alameda Rekalde, n.º 39 A-5.ª planta.

Se advierte que el importe de la sanción de multa deberá hacerse efectivo en el siguiente plazo: cuando la firmeza de la resolución se produzca entre los días 1 y 15 del mes, desde tal fecha hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. Cuando la resolución adquiera firmeza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de firmeza hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. La firmeza de la resolución se producirá cuando transcurra el período de un mes para la interposición del recurso de alzada sin haberse acreditado el mismo, o, si efectivamente se interpusiera, desde la fecha en que el interesado adquiere conocimiento de su desestimación, en su caso.

El ingreso se realizará, citando el nombre y apellidos del sancionado (o, en su caso, razón social) y el número de expediente, en la siguiente cuenta corriente y entidad bancaria:

Kutxa Bank - Cuenta n.º. 2095/0611/0/1/32-3906803-0 - Tesorería General del País Vasco.

La falta de pago de la multa en el referido periodo voluntario dará lugar a su recaudación por vía de apremio, según lo establecido en las disposiciones vigentes, con los recargos correspondientes.

Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Bilbao, a 29 de agosto de 2013.

La Secretaria del expediente,

LEIRE BERGARA SAUTUA.


Análisis documental