N.º 157, martes 20 de agosto de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BARAKALDO
3674
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 335/12 seguido sobre divorcio contencioso.
Primera Instancia n.º 5 (Familia) de Barakaldo.
Juicio: divor. contenc. L2 335/12.
Demandante: Adiela de Jesus Mesa Agudelo.
Abogado: Brancas Escartin Lydia.
Procurador: Unzueta.
Demandado: Josue De Jesus Samudio Porras.
Sobre: divorcio contencioso
En el referido juicio se ha dictado el 27-11-2012, sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda de divorcio interpuesta por la representación de D.ª Adiela De Jesús Mesa Agudelo contra D. Josué Samudio Porras, debo decretar y decreto el divorcio de los litigantes con todos sus efectos legales y acuerdo la siguiente medida:
El señalamiento de una pensión de alimentos a cargo del padre y a favor del hijo común equivalente al 20% de los ingresos que en cada momento perciba; cantidad que se abonará en la cuenta bancaria que designe la madre. Igualmente, contribuirá por mitad al pago de los gastos extraordinarios del hijo que resulten necesarios o sean consensuados.
No ha lugar a lo demás solicitado y no procede imposición de costas.
Una vez firme esta sentencia expídase testimonio y remítase al Registro Civil Central para la práctica del asiento correspondiente.
Notifíquese la presente sentencia a las partes con indicación de que la misma no es firme.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Josue De Jesus Samudio Porras y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Barakaldo (Bizkaia), a 28 de mayo de 2013.
LA SECRETARIO JUDICIAL.