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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 139, lunes 22 de julio de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DEL AGUA
3356

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2013, del Director General de la Agencia Vasca del Agua, por la que se anuncia la aprobación de los caudales de diseño, contenidos en el «Estudio de Caudales Extremos de Avenida en la Comunidad Autónoma del País Vasco (URA 2012)», utilizados en la elaboración de los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación correspondientes a la Demarcación Hidrográfica Cantábrico Oriental para el ámbito de las Cuencas Internas del País Vasco, en aplicación del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de los riesgos de inundación, que transpone a la legislación estatal la Directiva 2007/60/CE, de 23 de octubre de 2007.

Según la disposición transitoria única del RD 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental, y que lleva por título Caudales mínimos ecológicos y máximos de avenidas, en la elaboración de la cartografía de inundabilidad se adoptarán los caudales de avenida establecidos en el Plan Hidrológico Norte III, en tanto que dichos caudales no sean actualizados y validados por la Administración Hidráulica.

Así mismo, el artículo 52 de la normativa común del citado Plan Hidrológico, de título Caudales máximos de avenida y determinación de zonas inundables, especifica que los Caudales Máximos de Avenida a adoptar en la realización de estudios hidráulicos serán, en ausencia de otros validados por la Administración Hidráulica, los establecidos en el Plan Hidrológico Norte III, aprobado por el Real Decreto 1664/1998. Por otra parte, dicho artículo remite al anejo 9, de título Criterios técnicos para la elaboración de estudios hidráulicos, en cuyo apartado 5.3, Caudales de cálculo, se especifica que la Administración Hidráulica pondrá a disposición de los usuarios mapas de caudales máximos en la medida que se proceda a completar los trabajos en curso motivados por la Directiva 2007/60/CE; en los ámbitos donde no se disponga de esta información, se utilizarán los valores expresados en el Plan Hidrológico Norte III, aprobado por el Real Decreto 1664/1998, en el Mapa de caudales máximos obtenidos por el CEDEX o en la Tabla de caudales específicos del Territorio Histórico de Gipuzkoa, cuando sea de aplicación.

En cumplimiento de las previsiones de los textos previos, la Agencia Vasca del Agua realiza el «Estudio de Caudales Extremos de Avenida en la Comunidad Autónoma del País Vasco (2012)», el cual supone la aplicación de técnicas novedosas respecto a los precedentes y la incorporación de la cuantiosa información hidrometeorológica generada en el transcurso de los últimos años. El Apéndice único de este estudio contiene la relación de caudales de diseño, establecidos por tramos de río representativos, utilizados en la elaboración de los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación correspondientes a la Demarcación Hidrográfica Cantábrico Oriental para el ámbito de las Cuencas Internas del País Vasco, y que ha sido aprobado por Resolución del Director General de la Agencia Vasca del Agua con fecha 4 de julio de 2013.

La documentación podrá consultarse desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio a través de la página electrónica de la Agencia Vasca del Agua: www.uragentzia.euskadi.net

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de julio de 2013.

El Director General de la Agencia Vasca del Agua,

IÑIGO ANSOLA KAREAGA.


Análisis documental