Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 139, lunes 22 de julio de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3351

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2013, del Viceconsejero de Industria y Energía, por la que se reconoce a Ofyde Formación, S.L., como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de Operador Industrial de Calderas.

N.º Expediente / Asunto: SEG/0028/2013.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 8 de marzo de 2013, la representación de Ofyde Formación, S.L., presenta ante el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, solicitud para que se amplíe su reconocimiento como Entidad de Formación de Profesionales Autorizados a la especialidad de Operador Industrial de Calderas.

Dos.– Junto con dicha solicitud aporto la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial y, en particular:

– Datos de identificación de la Entidad, cuya sede se encuentra ubicada en Avenida Lehendakari Aguirre 11, 8.º, 48014 Bilbao.

– Descripción de los recursos humanos de la entidad para la impartición de las acciones formativas correspondientes.

– Especificación de los cursos a desarrollar, detallando los temarios, metodología, organización y sistemas de evaluación previstos.

– Acuerdo de colaboración suscrito entre la entidad solicitante y Tubos Reunidos Industrial S.L.U. por el que ésta le cede sus instalaciones en B.º Sagarribay, 2 de Amurrio.

Tres.– Las instalaciones mencionadas en el apartado anterior fueron dictaminadas favorablemente, por parte de los servicios técnicos de la Delegación Territorial del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, tras la visita efectuada en fecha 3 de abril de 2013.

Cuatro.– Con fecha 4 de abril de 2013, el Delegado Territorial del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad en Álava, emitió informe favorable a la autorización de Ofyde Formación, S.L., como entidad reconocida para la formación en la especialidad de operador industrial de calderas.

En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes,

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– La Viceconsejería de Industria y Energía es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en la Disposición Adicional Primera del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo.

Dos.– Ha quedado acreditado que la empresa Ofyde Formación, S.L., cumple los requisitos establecidos en el apartado C) del punto 1 del artículo 22 del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, situándose las instalaciones con las que cuenta en el Territorio Histórico de Álava.

Tres.– En suma, el expediente se ha tramitado conforme a lo establecido en el citado Decreto 63/2006, de 14 de marzo, y, asimismo, se ha presentado, por parte de la entidad solicitante, la documentación suficiente acreditativa de los requisitos que se recogen en el artículo 25 del mismo.

Vistos los preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

1.– Reconocer a la entidad Ofyde Formación, S.L. como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de Operador Industrial de Calderas.

2.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

3.– Esta Entidad está autorizada para impartir los correspondientes cursos en las instalaciones acreditadas, radicadas en el Territorio Histórico de Álava. Para impartir cursos en Instalaciones diferentes deberá solicitar la preceptiva autorización de la Oficina Territorial competente, debiendo acreditar, en todo caso, que dichas instalaciones reúnen las condiciones mínimas previstas en el artículo 22, del Decreto 63/2006, de 14 de marzo.

4.– Toda Entidad reconocida deberá cumplir con las obligaciones impuestas en las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación y en particular las obligaciones previstas en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo.

5.– El incumplimiento por las Entidades Reconocidas de las obligaciones y compromisos que resulten de lo dispuesto en el referido Decreto, y demás normas que resulten de aplicación, determinará la pérdida de la calificación de Entidad Reconocida.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad en el plazo de un mes contado desde su notificación, en virtud de lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de abril de 2013.

El Viceconsejero de Industria y Energía,

JUAN IGNACIO GARCÍA DE MOTILOA UBIS.


Análisis documental