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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 39, lunes 25 de febrero de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
1035

RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2013, del Director de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea eléctrica subterránea de 220 kV, s/c, de SET «Zamudio-REE» a SET 220 kV «Tecnalia», en el término municipal de Zamudio.

Referencia.: L-7676.

AT-H-2012-28 ASS/SM.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 20 de abril de 2012, la empresa Tecnalia, solicita autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica subterránea de 220 kV, s/c, de SET «Zamudio-REE» a SET 220 kV «Tecnalia», en el municipio de Zamudio, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente, firmado por el Ingeniero Industrial D. David Gavin Asso y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja el 3-04-2012 con el nº VD01006-12A.

2.– A los efectos previstos en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000) y en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002), fue publicado el anuncio en el BOB con fecha 06-07-2012, en el BOPV con fecha 09-08-2012.

3.– Con fecha 18 de junio de 2012 se remitió oficio al Ayuntamiento de Zamudio y a Red Eléctrica de España, S.A., solicitando el condicionado técnico que considerasen oportuno, reiterándose dicha petición posteriormente.

4.– Con Resolución de fecha 20 de noviembre de 2012 de la Viceconsejería de Medio Ambiente, se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto referenciado.

5.– Dentro de periodo de información pública establecido al efecto, no han tenido entrada en la Delegación Territorial de Bizkaia alegaciones de particulares sobre el proyecto en cuestión, referido a la instalación propiamente dicha.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

2.– El Director de Energía y Minas, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 514/2009, de 22 de setiembre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 24-09-2009).

RESUELVE:

Autorizar a Tecnalia, la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de la línea eléctrica subterránea de 220 kV, s/c, de SET «Zamudio-REE» a SET 220 kV «Tecnalia», en el término municipal de Zamudio, cuyas principales características son las siguientes:

Línea eléctrica subterránea, simple circuito, de 127/220 kV, de 1 conductor por fase tipo XLPE 1x500 mm2 en Al de sección, con pantalla de 300 mm2 en cobre, con origen en la Subestación existente de Red Eléctrica de España, S.A. en Zamudio y final en la futura subestación de 220 kV de Tecnalia, con una longitud de 129 m, en el mismo municipio.

La finalidad del Proyecto es facilitar la energía eléctrica en las condiciones que requiere la infraestructura experimental de equipos eléctricos que está desarrollando Tecnalia en el Parque Tecnológico de Zamudio.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:

Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado y documentación presentada, mencionada anteriormente.

El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente resolución.

El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de este Departamento en Bizkaia, aportando las diferentes Certificaciones, según la naturaleza de la instalación, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

La presente resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de enero de 2013.

El Director de Energía y Minas,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


Análisis documental