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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 24, lunes 4 de febrero de 2013


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE BARAKALDO
657

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 660/11 seguido sobre elevación a escritura pública de la compraventa de fincas.

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 (Barakaldo).

Juicio pro. ordinario L2 660/11.

Parte demandante: Agustin Aja Santisteban y Lorenzo Aja Santisteban.

Parte demandada: Julian Perez Llano, Isabel Perez Aguinagalde, Maria Ana Perez Aguinalde, Miguel Aguinagalde Otegui, Jesus Maria Aguinagalde Pinedo, Maria Angeles Perez Aguinagalde, Maria Ana Aguinagalde Gonzalez, Felisa Aguinagalde Otegui, Salome Aguinagalde Otegui, Avelina Aguinagalde Otegui, Matilde Pinedo Garcia, Julian Aguinagalde Pinedo, Miguel Angel Aguinagalde Pinedo, Maria Del Carmen Aguinagalde Pinedo, Maria Julia Aguinagalde Pinedo, Matilde Aguinagalde Pinedo, Josefa Gonzalez Zorrilla y Juan Carlos Aguinagalde Pinedo.

Sobre: elevación de contrato a escritura pública.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA N.º 270/12

Juez que la dicta: D.ª Maria Luisa Tejado Llorente.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: veintidós de noviembre de dos mil doce.

Parte demandante: Agustin Aja Santisteban.

Abogado: Ricardo Gundin Quiroga y Ricardo Gundin Quiroga.

Procurador: Jose Felix Basterrechea Aldana.

Parte demandada: Julian Perez Llano, Isabel Perez Aguinagalde, Maria Ana Perez Aguinalde, Miguel Aguinagalde Otegui, Jesus Maria Aguinagalde Pinedo, Maria Angeles Perez Aguinagalde, Maria Ana Aguinagalde Gonzalez, Felisa Aguinagalde Otegui, Salome Aguinagalde Otegui, Avelina Aguinagalde Otegui, Matilde Pinedo Garcia, Julian Aguinagalde Pinedo, Miguel Angel Aguinagalde Pinedo, Maria del Carmen Aguinagalde Pinedo, Maria Julia Aguinagalde Pinedo, Matilde Aguinagalde Pinedo, Josefa Gonzalez Zorrilla y Juan Carlos Aguinagalde Pinedo o herederos legales de los mismos.

Objeto del juicio: elevación a escritura pública.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda presentada por el procurador D. José Félix Basterrechea Aldana, en nombre y representación de D. Agustin Aja Santisteban y D. Lorenzo Aja Santisteban frente a D.ª Salome, D.ª Avelina y D. Miguel Aguinagalde Otegui, D.ª Felisa Aguinagalde Otegui, Dña. Josefa Gonzalez Zorrilla y Dña. Maria Ana Aguinagalde Gonzalez o herederos desconocidos de los mismos y condenar a la demandada a otorgar escritura pública de compraventa sobre las fincas descritas en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, sin imposición de costas a ninguno de los litigantes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4686000004066011, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo ».

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación sentencia.

En Barakaldo (Bizkaia), a 4 de diciembre de 2012.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental