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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 248, lunes 24 de diciembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE TOLOSA
5805

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 33/12 sobre reconocimiento de deuda.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Tolosa.

Juicio: pro. ordinario L2 33/12.

Demandante: Kutxabank, S.A.

Abogado: Iñigo Larequi Arcos.

Procurador: Otermin.

Demandado: Andrei Priala.

Sobre: reconocimiento de deuda.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«SENTENCIA N.º 95/12

Vistos por Dña. Marta Martín Iglesias, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de los de Tolosa y su partido, los presentes autos de juicio ordinario de reclamación 33/2012 a instancias de Kutxabank, S.A. representado por el Procurador D. José Ignacio Otermin Garmendia y defendido por el letrado D. Iñigo Lareki Arcos, siendo parte demandada D. Andrei Priala, quien ha sido declarado en rebeldía procesal.

FALLO

Que con estimación de la demanda interpuesta por Kutxabank, S.A., debo condenar Y condeno a D. Andrei Priala a que abone a la demandante la cantidad de cantidad de siete mil doscientos veintiocho euros y setenta céntimos de euro (7.228,70 euros) de principal, más sus intereses al tipo pactado del 17,25% desde el día 23 de noviembre de 2011 hasta su completo pago y condenándole a las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese al demandado rebelde la presente Resolución en la forma establecida en los artículo 496 y siguientes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número de la cuenta genérica 00301846420005001274 siendo la cuenta beneficiario concepto 1864000004003312, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Andrei Priala y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Tolosa (Gipuzkoa), a 23 de julio de 2012.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental