N.º 244, martes 18 de diciembre de 2012
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE GETXO
5659
EDICTO dimanante del juicio de faltas inmediato n.º 34/10.
D. francisco lurueña rodriguez secretario del UPAD de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Getxo.
Doy fe y testimonio:
Que en el juicio de faltas n.º 34/10 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.º 88/10
En Getxo (Bizkaia) a veintinueve de octubre de dos mil diez.
D.ª Maria del Carmen Aznar Plana, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Getxo y su Partido, habiendo visto los presentes autos de juicio rápido de faltas, seguidos ante este Juzgado con el n.º 34/10 sobre la comisión de una falta de Hurto siendo denunciada Noelia Bustamante Galan, y perjudicado Eroski. Asistiendo el M. Fiscal.
FALLO
Que debo de condenar y condeno a Noelia Bustamante Galan como autora responsable de una falta de Hurto del artículo 623.1 del C. Penal a una pena de multa de 30 días con una cuota diaria de 6 euros, en total 180 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del C. Penal y como responsabilidad civil que indemnice a Eroski en 117.04 euros y al pago de las costas de este Juicio.
La presente Resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Bizkaia en el plazo de cinco días desde su notificación.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Noelia Bustamante Galan, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, expido la presente en Getxo (Bizkaia), a seis de marzo de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.