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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 47, martes 6 de marzo de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Bilbao
1069

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 36/10 seguido sobre reclamación de cantidad.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario L2 36/10 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Mutua Madrileña Automovilista contra Liviu Daniel Stanescu y Mihai Alexandru Litra sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue.

SENTENCIA n.º 28/11

En Bilbao, a 27 de enero de 2011.

Vistos por Ramón Comas Somalo, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia 2 de Bilbao y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario n.º 36/10, seguidos ante este Juzgado entre partes, de un lado, como demandante, la entidad Mutua Madrileña Automovilista, representada por procurador y defendida por letrado; y de otro lado, como demandados, Liviu Daniel Stanescu y Mihai Alexandru Litra, en rebeldía.

FALLO

Estimo la demanda presentada por la representación de Mutua Madrileña Automovilista y, por lo tanto, condeno a Liviu Daniel Stanescu y Mihai Alexandru Litra a pagar solidariamente a la demandante 10.921,80 euros, más los intereses correspondientes.

Condeno a la parte demandada al pago de las costas causadas en este procedimiento.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que habrá de interponerse en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y prepararse ante este mismo Juzgado conforme a los dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2.000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes, cuyo original quedará registrado en el libro de sentencias quedando testimonio de la misma en estos autos.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4706 0000 00 003610 indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Liviu Daniel Stanescu, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a quince de diciembre de dos mil once.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental