N.º 222, jueves 18 de noviembre de 2010
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Autoridades y Personal
Sanidad y Consumo
5452
RESOLUCIÓN 2651/2010, de 11 de octubre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se procede a la publicación de la relación definitiva de aspirantes seleccionados y la adjudicación de destinos por el turno de promoción interna en la categoría de Psicólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 4235/2008, de 28 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 232, de 3 de diciembre de 2008.
Mediante Resolución 4390/2008, de 11 de diciembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Psicólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 13, de 20 de enero de 2009.
Mediante Resolución 397/2010, de 9 de junio, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se ordena la publicación en la pagina web de Osakidetza de la relación de los aspirantes por el turno de promoción interna que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, de la categoría de Psicólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Conforme a lo previsto en el apartado 16 de las bases generales que rigen el proceso selectivo, los destinos se adjudicarán entre los aspirantes de acuerdo con su solicitud y por el orden de puntuación alcanzada, pudiendo publicarse por separado las resoluciones correspondientes al turno de promoción interna y al turno libre.
Asimismo, perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas los aspirantes que no soliciten destino en tiempo y forma, conforme a lo establecido en la base anterior, y los que no obtengan destino alguno entre los efectivamente solicitados, así como aquellos a los que, por la puntuación obtenida en el concurso-oposición, no corresponda destino alguno de entre los ofertados.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Primero.- Ordenar la publicación en el BOPV de la relación definitiva de aspirantes seleccionados y la adjudicación de destinos por el turno de promoción interna en la categoría de Psicólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Dicha Resolución contendrá tres anexos: el anexo I constituirá la relación de destinos adjudicados, el anexo II será la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, distinguiendo entre los aspirantes con opción a destino y los aspirantes sin opción a destino y el anexo III contendrá la relación de aspirantes excluidos, con indicación del motivo de exclusión.
Segundo.- Los adjudicatarios dispondrán para la toma de posesión del destino correspondiente del plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de las Resoluciones de adjudicación en el BOPV.
La toma de posesión deberá efectuarse en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con domicilio en la Sede Central del mismo, previa petición de cita por parte del aspirante, debiendo aportar en el acto la siguiente documentación:
- DNI, pasaporte o permiso de conducir o documento equivalente para los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de los estados a los que, en virtud del Tratado de la Unión Europea, de otros tratados ratificados por España o de norma legal, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar el documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
- Certificado de Colegiación, cuando se requiera en las bases específicas de la convocatoria.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
En el momento de la toma de posesión los aspirantes deberán aportar el documento de reconocimiento médico que acredite la aptitud psicofísica precisa para el normal desempeño del destino, emitido por el Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.- Quienes, dentro del plazo fijado, no comparecieran provistos de la documentación mencionada o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos para el acceso a la categoría/puesto funcional, no podrán tomar posesión del destino de personal estatutario que se les adjudique y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Del mismo modo, se apercibe a los interesados que la no comparecencia a la toma de posesión, dentro del plazo o, en su caso, de su prórroga, significará la pérdida de los derechos derivados de la resolución de las pruebas selectivas.
Aquellos aspirantes que, con arreglo a lo anteriormente expuesto, efectúen la toma de posesión habrán de incorporarse a la organización de servicios sanitarios que proceda al día siguiente al de la cumplimentación de la correspondiente diligencia.
Cuarto.- Al amparo de lo establecido en el apartado 22 de de las bases generales que rigen el proceso selectivo, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de octubre de 2010.
El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
JULIÁN PÉREZ GIL.
I. ERANSKINA / ANEXO I
KATEGORIA: FAK. ESP. PSIKOLOGO-KLINIKO TEKNIKARIA
CATEGORÍA: FAC. ESP. TÉCNICO PSICÓLOGO CLÍNICO
BARNE SUSTAPENA - DESTINOEN ESLEIPENA
ADJUDICACIÓN DE DESTINOS - PROMOCIÓN INTERNA
LANPOSTU FUNTZIONALA: FAK. ESP. PSIKOLOGO-KLINIKO TEKNIKARIA
PUESTO FUNCIONAL: FAC. ESP. TÉCNICO PSICÓLOGO CLÍNICO
NAN
DNI IZEN-ABIZENAK
NOMBRE Y APELLIDOS ZERBITZUETAKO ERAKUNDEA
ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DESTINOA
DESTINO HE
PL DERRIG. DATA
FECHA PRECE.
22706667 González Iniguez de Gordoa, Esther Gipuzkoako Ospitalez Kanpoko Osasun Mentala Gip. O.K.O.M.-O.M.Z. Eibar 2
Salud Mental Extrahospitalaria de Gipuzkoa S.M.E. Gip.-C.S.M. Eibar
II. ERANSKINA / ANEXO II
BEHIN BETIKO HAUTAGAIEN ZERRENDA
RELACIÓN DE ASPIRANTES DEFINITIVA
KATEGORIA: FAK. ESP. PSIKOLOGO-KLINIKO TEKNIKARIA
CATEGORÍA: FAC. ESP. TÉCNICO PSICÓLOGO CLÍNICO
DESTINOA LORTZEN DUTEN HAUTAGAIEN ZERRENDA
RELACIÓN DE ASPIRANTES CON OPCIÓN A DESTINO
NAN
DNI IZEN-ABIZENAK
NOMBRE Y APELLIDOS EXPERIENTZIA
EXPERIENCIA PRESTAKUNTZA
FORMACIÓN EUSKARA
EUSKERA LEHIAKETA
CONCURSO OPOSAKETA
OPOSICIÓN GUZTIRA
TOTAL TXANDA
TURNO
22706667 González Iniguez de Gordoa, Esther 9,9200 18,5000 0,0000 28,4200 66,5625 94,9825 PI
PI: barne-sustapena PID: desgaitasunik dutenentzako barne-sustapena. / PI: promoción interna PID: promoción interna discapacitado.