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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 98, martes 26 de mayo de 2009


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Amurrio
3006

EDICTO dimanante de procedimiento ordinario n.º 190/2008.

Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Amurrio (Álava).

Juicio: Pro. ordinario L2 190/2008.

Demandante: Ayuntamiento de Amurrio.

Abogado: Samaniego Ruiz de Infante Jesus.

Procurador: Buron.

Demandado: Jose Antonio Perez Guerra, Iñigo Jose Perez Sarachaga, Maria Begoña Perez Guerra, Maria Mercedes Perez Guerra, Francisco Ladislao Perez Guerra y herederos de Rosina Maria Perez Guerra.

Sobre: ordinario.

En el referido juicio se ha dictado 30 de marzo de 2009 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Buron, en nombre y representación del Ayuntamiento de Amurrio, contra Dña. M.ª Mercedes Pérez Guerra, herederos de Dña. Rosina M.ª Pérez Guerra, Dña. M.ª Begoña Pérez Guerra y D. Francisco Ladislao Pérez Guerra, en situación de rebeldía procesal, y contra D. Iñigo José Pérez Saratxaga, representado por el Procurador Sr. de Miguel, debo absolver y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con imposición de las costas procésales causadas en esta instancia a la actora.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Maria Begoña Perez Guerra, Maria Mercedes Perez Guerra, Francisco Ladislao Perez Guerra y herederos de Rosina Maria Perez Guerra y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Amurrio (Álava), a 23 de abril de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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