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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 213, martes 6 de noviembre de 2007


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
6043

DECRETO 183/2007, de 23 de octubre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo reservados en los centros públicos docentes de la CAPV al personal docente de carácter laboral y a funcionarios/as pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos/as y Profesoras/es de Educación Secundaria, Profesoras/es Técnicos de Formación Profesional, Profesoras/es de Institutos Técnicos de Enseñanzas Medias, Catedráticos/as y Profesoras/es de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesoras/es de Música y Artes Escénicas, Catedráticos/as y Profesoras/es de Artes Plásticas y Diseño.

La Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos docentes de enseñanza no universitaria de la CAPV regula en el Capítulo I de su Título II, dedicado a la estructura y organización de la función pública docente, la figura de las relaciones de puestos de trabajo, señalando con respecto a ella los principios básicos así como los cauces procedimentales que deben observarse en su elaboración.

De esta forma, el artículo 5 del citado texto legal dispone el contenido mínimo que en cualquier caso deben contener las citadas relaciones: denominación; centro docente, servicio de Inspección Técnica o de Investigación y Apoyo a la docencia, y, en su caso el ámbito territorial de la Administración educativa al que se halle adscrito; los requisitos exigidos para su desempeño, entre los que necesariamente debe figurar el perfil lingüístico asignado y la fecha de preceptividad; la adscripción al grupo, cuerpo o escala o categoría laboral que en cada caso corresponda; y por último, tratándose de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as, el complemento específico y el sistema de provisión.

Por su parte, la letra l) del artículo 4, en congruencia con la letra h) del artículo 5 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de Función Pública Vasca que reconoce la competencia para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo al Gobierno, reserva la facultad de propuesta de las relaciones de puestos de trabajo docentes al Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Las relaciones de puestos de trabajo han de ser objeto de una permanente actualización al objeto de adaptarse a las nuevas situaciones generadas en los centros como consecuencia del cambio de curso escolar. Es necesario, por consiguiente, establecer la actualización correspondiente al curso académico 2007-2008.

En la elaboración de la presente relación de puestos de trabajo se han seguido los criterios para la determinación de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad establecidos en el Decreto 6/2000, de 18 de enero, por el que se modifica el Decreto 47/1993, de 9 de marzo, y en el Decreto 182/2002, de 23 de julio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, conocido el informe del Consejo Escolar de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 23 de octubre de 2007,

DISPONGO:

Artículo 1.– 1.– Se desglosan del IEFPS Nicolas Larburu GBLHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integran en el IES Antonio Trueba BHI de Barakaldo (Bizkaia) las siguientes plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Educación Secundaria:

– 2 plazas de la especialidad de "Inglés", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Inglés", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 4 plazas de la especialidad de "Lengua y Literatura Vasca", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 3 plazas de la especialidad de "Geografía e Historia", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Geografía e Historia", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 1 plaza de la especialidad de "Filosofía", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Filosofía", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 3 plazas de la especialidad de "Lengua Castellana", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Física y Química", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Física y Química", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 4 plazas de la especialidad de "Matemáticas", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Informática", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 1 plaza de la especialidad de "Dibujo", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Biología y Geología", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Biología y Geología", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 1 plaza de la especialidad de "Psicología y Pedagogía", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de Educación Física", de perfil lingüístico 2 de preceptividad vencida.

– 1 plaza de la especialidad de "Diversificación Curricular: Ámbito Científico Tecnológico", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Diversificación Curricular: Ámbito Socio Lingüístico", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

2.– Las profesoras y profesores con destino definitivo en las plazas desglosadas del IEFPS Nicolas Larburu GBLHI quedarán integrados en la plantilla del IES Antonio Trueba BHI, manteniendo la titularidad de su plaza en la especialidad y perfil lingüístico correspondiente.

Artículo 2.– 1.– Se desglosan del IES Antonio Trueba BHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integran en el IEFPS Nicolas Larburu GBLHI de Barakaldo (Bizkaia) las siguientes plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Educación Secundaria:

– 3 plazas de la especialidad de "Educación Física", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Formación y Orientación Laboral", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Procesos Sanitarios", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

2.– Se desglosa del IES Antonio Trueba BHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integra en el IEFPS Nicolas Larburu GBLHI de Barakaldo (Bizkaia) la siguiente plaza del Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos de Formación Profesional:

– 1 plaza de la especialidad de "Procedimientos Sanitarios y Asistenciales", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

3.– Las profesoras y profesores con destino definitivo en las plazas desglosadas del IES Antonio Trueba BHI quedarán integrados en la plantilla del IEFPS Nicolas Larburu GBLHI, manteniendo la titularidad de sus plazas en la especialidad y perfil lingüístico correspondiente.

Artículo 3.– 1.– Se desglosan del IES Minas BHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integran en el IEFPS Nicolas Larburu GBLHI de Barakaldo (Bizkaia) las siguientes plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Educación Secundaria:

– 1 plaza de la especialidad de "Inglés", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Formación y Orientación Laboral", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 5 plazas de la especialidad de "Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 3 plazas de la especialidad de "Sistemas Electrónicos", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Sistemas Electrotécnicos y Automáticos", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Construcciones Civiles y Edificación", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

2.– Se desglosan del IES Minas BHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integran en el IEFPS Nicolas Larburu GBLHI de Barakaldo (Bizkaia) las siguientes plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos de Formación Profesional:

– 6 plazas de la especialidad de "Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Equipos Electrónicos", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Instalaciones Electrotécnicas", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 2 plazas de la especialidad de "Oficina de Proyectos de Construcción", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

3.– Las profesoras y profesores con destino definitivo en las plazas desglosadas del IES Minas BHI quedarán integrados en la plantilla del IEFPS Nicolas Larburu GBLHI, manteniendo la titularidad de sus plazas en la especialidad y perfil lingüístico correspondiente.

Artículo 4.– 1.– Se desglosan del IES Minas BHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integran en el IEFPS San Jorge GBLHI de Santurtzi (Bizkaia) las siguientes plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Educación Secundaria:

– 1 plaza de la especialidad de "Formación y Orientación Laboral", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

– 1 plaza de la especialidad de "Organización y Procesos de mantenimiento de Vehículos", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

2.– Se desglosan del IES Minas BHI de Barakaldo (Bizkaia) y se integran en el IEFPS San Jorge GBLHI de Santurtzi (Bizkaia) las siguientes plazas del Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos de Formación Profesional:

– 2 plazas de la especialidad de "Mantenimiento de Vehículos", de perfil lingüístico 1 sin fecha de preceptividad.

3.– Las profesoras y profesores con destino definitivo en las plazas desglosadas del IES Minas BHI quedarán integrados en la plantilla del IEFPS San Jorge GBLHI, manteniendo la titularidad de sus plazas en la especialidad y perfil lingüístico correspondiente.

Artículo 5.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2007-2008 en los Centros públicos de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Enseñanza Secundaria (Grupo A), Cuerpo de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria (Grupo A), Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos de Formación Profesional (Grupo B) y Cuerpo de Profesoras y Profesores de Institutos Técnicos de Enseñanzas Medias (Grupo B) en situación "a extinguir", que figura en el anexo I de este Decreto.

Artículo 6.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2007-2008 en los Centros públicos de Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reservados a funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Enseñanza Secundaria (Grupo A) y del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria (Grupo A), que figura en el anexo II de este Decreto.

Artículo 7.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2007-2008 en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Escuelas Oficiales de Idiomas (Grupo A) y del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (Grupo A), que figura en el anexo III de este Decreto.

Artículo 8.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2007-2008 en los Conservatorios de Música de Grado Medio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Música y Artes Escénicas (Grupo A), que figura en el anexo IV de este Decreto.

Artículo 9.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2007-2008 en las Escuelas de Artes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Artes Plásticas y Diseño (Grupo A) y del Cuerpo de Profesoras y Profesores de Artes Plásticas y Diseño (Grupo A), que figura en el anexo V de este Decreto.

Artículo 10.– Se aprueba la relación de puestos de trabajo correspondientes al curso académico 2007-2008, reservados al personal laboral docente que impartirá la asignatura de Religión Católica en los Centros públicos de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que figura en el anexo VI de este Decreto.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.– Los puestos de trabajo incluidos en las relaciones anexas tienen asignados el complemento específico que a continuación se detalla, desglosado como se indica, en cuantías anuales integras que se distribuirán mensualmente según se regula en el artículo 20 apartado 8 de la Ley 9/2006, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2007.

C.E.T.: Complemento específico total.

C.E.G.: Complemento específico general.

C.E.D.: Componente de especial dedicación procedente de las capitalizaciones de los grados segundo a quinto.

CUERPOS	C.E.T.	C.E.G.	C.E.D.

Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Enseñanza Secundaria:	12.100,17 euros	9.051,18 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria:	10.182,83 euros	7.133,84 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos de Formación Profesional:	 12.293,18 euros	9.244,19 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Profesoras y Profesores de Institutos Técnicos de Enseñanza Media:	12.293,18 euros	9.244,19 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Escuelas Oficiales de Idiomas:	 12.100,17 euros	9.051,18 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Profesoras y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas:	 10.182,83 euros	7.133,84 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Profesoras y Profesores de Música y Artes Escénicas:	10.182,83 euros	7.133,84 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Artes Plásticas y Diseño:	12.100, 17 euros	9.051,18 euros	3.048,99 euros

Cuerpo de Profesoras y Profesores de Artes Plásticas y Diseño:	10.182,83 euros	7.133,84 euros	3.048,99 euros

Segunda.– Aquellos docentes que hayan acreditado el primer grado del componente de especial dedicación percibirán, adicionalmente a las cantidades arriba indicadas, 1.037,81 euros/año, distribuido mensualmente del mismo modo indicado en la Disposición Adicional primera.

Tercera.– El desempeño efectivo de la función de tutoría en enseñanzas de Régimen General de Educación Secundaria dará derecho al percibo adicional de 765,00 euros/año, distribuido mensualmente del mismo modo indicado en la Disposición Adicional primera.

Cuarta.– El desempeño de funciones de carácter directivo dará derecho a las percepciones establecidas en el Decreto 177/1990, de 26 de junio, sobre retribuciones de las funcionarias y funcionarios docentes no universitarios, actualizadas según proceda, en el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal docente público no universitario, en las siguientes cuantías anuales integras, distribuidas mensualmente del mismo modo indicado en la Disposición Adicional primera:

Bigarren Hezkuntzako Katedradunen Kidegoa

Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Enseñanza Secundaria
Hizkuntza Eskola Ofizialetako Katedradunen Kidegoa
Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Escuelas Oficiales de Idiomas
Arte Plastiko eta Diseinuko Katedradunen Kidegoa
Cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Artes Plásticas y Diseño

Adierazpena	Ikastetxeko ikasle kopurua	Urtean zenbat

Descripción	N.º de alumnos y alumnas del centro	Importe año

Zuzendaria - Director/Directora A	> 1.800	5.775,07

Zuzendaria - Director/ Directora B	> 1.000	5.093,28

Zuzendaria - Director/ Directora C	> 600	4.723,33

Zuzendaria - Director/ Directora D	< = 600	4.379,60

Zuzendaritza K. - C. Directivos A	> 1.800	2.915,23

Zuzendaritza K. - C. Directivos B	> 1.000	2.832,79

Zuzendaritza K. - C. Directivos C	> 600	2.008,52

Zuzendaritza K. - C. Directivos D	<= 600	1.678,95

Bigarren Hezkuntzako Irakasleen Kidegoa
Cuerpo de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria

Adierazpena	Ikastetxeko ikasle kopurua	Urtean zenbat

Descripción	N.º de alumnos y alumnas del centro	Importe año

Zuzendaria - Director/ Directora A	> 1.800	6.775,88

Zuzendaria - Director/ Directora B	> 1.000	6.094,24

Zuzendaria - Director/ Directora C	> 600	5.723,95

Zuzendaria - Director/ Directora D	< = 600	5.380,57

Zuzendaritza K. - C. Directivos A	> 1.800	3.916,03

Zuzendaritza K. - C. Directivos B	> 1.000	3.833,77

Zuzendaritza K. - C. Directivos C	> 600	3.009,48

Zuzendaritza K. - C. Directivos D	<= 600	2.851,34

Idazkari albokoa - Secretaria y Secretario adjunto		1.204, 48

Saileko burua - Jefe y Jefa de Departamento		1.000,81

HHE saileko burua - Jefe y Jefa de Departamento EPA		1.000, 81

LH eta prestakuntza koordinadorea - Coordinador y Coordinadora 	 	1.000,81

de FP y de formación

Ekonomia kudeatzeko arduraduna - Responsable de gestión económica 		1.000,81

Mantenu eta lanetako arduraduna - Responsable de mantenimiento y obras 		1.000,81

Kalitatearen Arduraduna, ISO 9000ko kalitatearen ziurtagiria 		1.000, 81

daukaten ikastetxeetan - Responsable de Calidad en centros acreditados mediante

la Certificación ISO 9000 de calidad	

Lanbide Hezkuntzako Irakasle Teknikoen Kidegoa

Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos/as de Formación Profesional
Irakaskuntza Ertaineko Institutu Teknikoetako Irakasleen Kidegoa
Cuerpo de Profesoras y Profesores de Institutos Técnicos de Enseñanza Media

Adierazpena	Ikastetxeko ikasle kopurua	Urtean zenbat

Descripción	N.º de alumnos y alumnas del centro	Importe año

Zuzendaria - Director/ Directora A	> 1.800	6.436,67

Zuzendaria - Director/ Directora B	> 1.000	5.754,95

Zuzendaria - Director/ Directora C	> 600	5.384,83

Zuzendaria - Director/ Directora D	< = 600	5.041,17

Zuzendaritza K. - C. Directivos A	> 1.800	3.576,92

Zuzendaritza K. - C. Directivos B	> 1.000	3.494,56

Zuzendaritza K. - C. Directivos C	> 600	2.851,34

Zuzendaritza K. - C. Directivos D	<= 600	2.851,34

Idazkari albokoa - Secretaria y Secretario adjunto		1.204, 48

Saileko burua - Jefe y Jefa de Departamento		690,73

LH eta prestakuntza koordinadorea - Coordinador y 		690,73

Coordinadora de FP y de formación	

Ekonomia kudeatzeko arduraduna - Responsable de gestión económica	 	690,73

Mantenu eta lanetako arduraduna - Responsable de mantenimiento y obras 		690,73

Kalitatearen Arduraduna, ISO 9000ko kalitatearen ziurtagiria daukaten 	 	690,73

ikastetxeetan - Responsable de Calidad en centros acreditados mediante la

Certificación ISO 9000 de calidad	

Hizkuntza Eskola Ofizialetako Irakasleen Kidegoa
Cuerpo de Profesoras y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

Adierazpena	Ikastetxeko irakasle kopurua	Urtean zenbat

Descripción	N.º de profesores y profesoras del centro	Importe año

Zuzendaria - Director/ Directora A	> 40	6.775,88

Zuzendaria - Director/ Directora B	> 20	6.094,24

Zuzendaria - Director/ Directora C	< = 20	5.723,95

Zuzendaritza K. - C. Directivos A	> 40	3.916,03

Zuzendaritza K. - C. Directivos B	> 20	3.833,77

Zuzendaritza K. - C. Directivos C	< = 20	3.009,48

Idazkari albokoa - Secretaria y Sectretario adjunto		1.204, 48

Saileko burua - Jefe y Jefa de Departamento		1.000,81

Musika eta Arte Eszenikoen Irakasleen Kidegoa
Cuerpo de Profesoras y Profesores de Música y Artes Escénicas
Arte Plastiko eta Diseinuko Irakasleen Kidegoa
Cuerpo de Profesoras y Profesores de Artes Plásticas y Diseño

Adierazpena	Ikastetxeko ikasle kopurua	Urtean zenbat

Descripción	N.º de alumnos y alumnas del centro	Importe año

Zuzendaria - Director/ Directora A	> 1.800	6.775,88

Zuzendaria - Director/ Directora B	> 1.000	6.094,24

Zuzendaria - Director/ Directora C	> 600	5.723,95

Zuzendaria - Director/ Directora D	< = 600	5.380,57

Zuzendaritza K. - C. Directivos A	> 1.800	3.916,03

Zuzendaritza K. - C. Directivos B	> 1.000	3.833,77

Zuzendaritza K. - C. Directivos C	> 600	3.009,48

Zuzendaritza K. - C. Directivos D	<= 600	2.851,34

Idazkari albokoa - Secretaria y Secretario adjunto		1.204, 48

Saileko burua - Jefe y Jefa de Departamento		1.000,81

Quinta.– Los puestos de trabajo de Perfil Lingüístico 1 pueden ser sin fecha de preceptividad o de preceptividad vencida, mientras que los de Perfil Lingüístico 2 pueden ser con fecha de preceptividad diferida o con fecha de preceptividad vencida, según figura en las relaciones contenidas en los anexos de este Decreto.

Sexta.– El sistema de provisión de los puestos de trabajo que figuran en las relaciones contenidas en los anexos de este Decreto será el Concurso de Traslados, excepto para aquellos puestos calificados como singulares cuya provisión se realizará mediante concurso específico.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogado el Decreto 196/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias pertenecientes a diversos Cuerpos Docentes en los Centros Públicos de Enseñanza Secundaria, de Educación de Personas Adultas, Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios de Música de Grado Medio y Escuelas de Artes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de octubre de 2007.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.

En Suplemento aparte se publican
los anexos que se citan
(Véase el .PDF)

Análisis documental