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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 192, jueves 4 de octubre de 2007


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
5419

RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2007, de la Directora de Aprendizaje Permanente, por la que se convocan Estancias de Formación en Empresas para el profesorado que imparte Ciclos Formativos de Formación Profesional para el curso 2007-2008.

El nuevo modelo de Formación Profesional destaca la necesidad de vincular el proceso de enseñanza aprendizaje con la vida laboral y adaptar la oferta educativa a la demanda del mercado laboral, así como fomenta y favorece la Formación Permanente del profesorado, garantizando una oferta diversificada de actividades de formación, entre las que destaca la formación en empresas.

En la Orden de 24 de abril de 2007 (BOPV de 22 de mayo de 2007) del Consejero de Educación, Universidades e Investigación se plantea la necesidad de elaborar planes de actuación que permitan responder a las necesidades que se ponen de manifiesto en la práctica docente y se plantea la realización de actividades de formación que posibiliten el desarrollo profesional del profesorado.

Así mediante esta Orden se reguló la convocatoria de cursos del Plan 2007-2008 de Formación del Profesorado de Formación Profesional, dirigidos al profesorado que imparte Ciclos Formativos de Formación Profesional, así como la concesión de ayudas económicas al profesorado que haya superado los mencionados cursos.

En su artículo 2.1, se menciona que las características de los cursos se harán públicas mediante una o varias Resoluciones de la Directora de Aprendizaje Permanente.

Es por todo ello que mediante esta nueva Resolución, emitida al amparo de la citada Orden, se pretende convocar una nueva actividad de Formación Permanente del Profesorado, denominada Estancias de Formación en Empresas.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto de la convocatoria.

1.1.– Convocar Estancias de Formación en Empresas, para la actualización de la formación del profesorado en relación con el mundo laboral, pudiendo así utilizar estas prácticas en la mejora de la labor docente y contribuir al acercamiento entre los Centros de Formación Profesional y las Empresas.

1.2.– Las estancias de formación se realizarán en empresas o entidades de la CAV, con las que el profesor o el Centro concierte previamente la realización de un proyecto.

Artículo 2.– Características de las estancias.

2.1.– a) Las estancias se realizarán preferentemente durante el último trimestre del curso escolar o en el periodo en el que los alumnos estén realizando la Formación en centros de Trabajo (FCT).

b) El periodo de estancia en la empresa no coincidirá con el horario lectivo del profesor y por ello no afectará al desarrollo normal de las actividades docentes.

2.2.– a) La duración de la estancia deberá oscilar entre un mínimo de 30 horas y un máximo de 80, repartidas en un máximo de 20 días laborales.

b) El número máximo de profesores por Centro que podrán participar en las estancias es de 5.

c) Cada profesor podrá realizar una única estancia.

2.3.– Las estancias en empresas no tienen carácter laboral y por lo tanto el profesorado no tendrá ninguna relación laboral con la empresa en la que realiza la estancia.

Artículo 3.– Aspirantes.

3.1.– a) Podrán tomar parte en las estancias objeto de la presente convocatoria los profesores-as que se encuentren en activo y que impartan Ciclos Formativos de Formación Profesional, regulados por el Decreto 447/1994, de 22 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y por el Decreto 97/1997, de 29 de abril, por el que se establece la regulación del Bachillerato, las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y se dispone su implantación.

b) Los profesores que realizaron Estancia de Formación en alguna de las convocatorias anteriores, sólo podrán participar si la Estancia a realizar es distinta de la anterior. En cualquier caso, tendrán prioridad los nuevos solicitantes.

c) No podrán ser beneficiarios quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

3.2.– Además, para las estancias a desarrollar coincidentes con periodos lectivos del alumnado se deberá contar con la autorización de la dirección del centro, constando el compromiso del centro de garantizar que la estancia formativa no influirá en el desarrollo normal de las actividades docentes.

3.3.– Juntamente con la solicitud, se deberán remitir:

a) Certificado, según modelo recogido en el anexo 3, en el que conste la disponibilidad de la empresa o entidad seleccionada para la admisión de la persona solicitante.

b) Un proyecto, que recogerá como mínimo los siguientes apartados:

– Datos del proyecto: título, datos de la empresa, duración, fechas, etc.

– Objetivos generales del proyecto.

– Justificación del proyecto para la actualización profesional.

– Actividades programadas y su relación con los módulos impartidos.

Los proyectos serán valorados por la comisión de valoración, conforme al baremo que se recoge en el anexo 1-A, debiendo obtener un mínimo de 5 puntos para ser seleccionados.

Artículo 4.– Solicitudes.

4.1.– Lugar de presentación:

Las solicitudes, que irán dirigidas a la Directora de Aprendizaje Permanente, se remitirán a las Unidades de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de las Delegaciones Territoriales de Educación correspondientes al centro educativo:

– San Prudencio, 18 Vitoria-Gasteiz (Álava).

– Gran Vía, 85 Bilbao (Bizkaia).

– Andía, 13 Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa).

También podrán remitirse a las dependencias indicadas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sólo se admitirán solicitudes originales, debidamente selladas y firmadas.

4.2.– Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día 8 de octubre de 2007 al 7 de noviembre de 2007 (ambos incluidos).

4.3.– Impreso de solicitud:

a) El escrito de solicitud será presentado conforme al modelo correspondiente que figura en el anexo 2.

b) La solicitud llevará el visto bueno del director o directora del Centro. Cuando el horario de la estancia coincida parcialmente con el horario docente, el visto bueno de la Dirección implicará que el Centro asume la ausencia en base a su capacidad de organización interna y que el Órgano Máximo de Representación o el Consejo Escolar del Centro está informado. En cualquier caso, este visto bueno implica el reconocimiento de que el solicitante es docente en activo en dicho Centro y que son ciertos los datos laborales y administrativos aportados (en aquello que pueda ser certificado desde la Dirección del Centro).

4.4.– Documentación complementaria:

a) Las personas que deseen hacer valer el tiempo de servicio en la red privada, a efectos de baremo, deberán adjuntar la documentación acreditativa correspondiente.

b) Las personas no dadas de alta en la base de datos de personal de este Departamento deberán adjuntar fotocopia del DNI.

Artículo 5.– Criterios de selección.

5.1.– La selección de participantes se realizará de acuerdo con el siguiente proceso:

Excluidas las solicitudes de aquellos aspirantes que no hayan obtenido un mínimo de 5 puntos en la valoración del proyecto y aquellos que no reúnan alguno de los requisitos exigidos, se ordenarán las restantes conforme al baremo establecido en el anexo 1-A. Si, después de aplicados dichos baremos, existieran casos de empate, se aplicará el baremo contenido en el anexo 1-B; si aun así persistiera el empate, decidirá en último término el tiempo de servicio.

Artículo 6.– Resolución de la convocatoria y notificación de la admisión.

6.1.– La convocatoria será resuelta por la Directora de Aprendizaje Permanente, a propuesta de una Comisión formada por un/a funcionario/a de la Dirección de Aprendizaje Permanente, que la presidirá, y funcionarios del Departamento designados por la Directora de Aprendizaje Permanente, en número mínimo de tres y máximo de cinco.

6.2.– La Resoluciones con las listas provisionales de la convocatoria serán publicadas en las Delegaciones Territoriales de Educación.

6.3.– Los interesados podrán presentar sus reclamaciones ante la Dirección de Aprendizaje Permanente durante un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución Provisional.

6.4.– Las Resoluciones con las listas generales definitivas se harán públicas en las Delegaciones Territoriales de Educación. Simultáneamente se publicarán en la siguiente dirección de Internet: www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net.

6.5.– Contra dichas Resoluciones los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, en el plazo de un mes desde su publicación en las Delegaciones Territoriales.

6.6.– Una vez publicadas las listas definitivas, no se admitirá renuncia, salvo en los casos debidamente justificados, a juicio de la Directora de Aprendizaje Permanente. La comunicación de la renuncia deberá enviarse a la Dirección de Aprendizaje Permanente, inmediatamente después de que se produzca el hecho que la justifica y sólo será admitida en caso de que sea acompañada por el correspondiente soporte documental.

Artículo 7.– Condiciones de participación.

7.1.– El profesorado estará obligado a realizar todas las actividades programadas para la estancia en la empresa.

7.2.– Una vez finalizada la estancia, los participantes deberán elaborar una memoria con el siguiente contenido:

a) Programa desarrollo de la estancia, haciendo constar el trabajo realizado.

b) Objetivos alcanzados.

c) Duración de la estancia, horario y calendario de realización.

d) Condiciones físicas en las que se ha realizado.

e) Valoración global.

f) Incidencia en el Centro y en la docencia.

g) Conclusiones y sugerencias.

7.3.– La memoria se presentará el plazo máximo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la finalización de la actividad en las Unidades de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de las Delegaciones Territoriales de Educación.

7.4.– Junto con la memoria deberá remitirse un certificado de la empresa, según modelo que se recoge en el anexo 4, que acredite el número total de horas realizadas.

Artículo 8.– Ayudas económicas a las personas participantes.

8.1.– La solicitud para participar en las actividades de formación contendrá implícita la solicitud de concesión de las ayudas económicas que se regulan en el artículo 8 de la Orden de de 24 de abril 2007 (BOPV del 22 de mayo), del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula la convocatoria de cursos del Plan 2007-2008 de Formación Permanente del Profesorado de Formación Profesional, dirigidos al profesorado que imparte Ciclos Formativos de Formación Profesional.

8.2.– El profesorado participante en las actividades convocadas por medio de esta Resolución tendrá derecho a las ayudas económicas antes mencionadas siempre que:

a) Que los profesores asistentes hayan sido seleccionados por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación para participar en tales actividades, previa solicitud de los mismos.

b) Que el profesorado participante realice la estancia de formación en una localidad diferente a aquella donde trabaja y/o reside. Cuándo la Estancia de Formación se realice en Empresas que dispongan de varias dependencias, el cálculo del kilometraje se realizará hasta la localidad donde esté la sede social o principal de la empresa.

c) Que el profesorado remita la memoria y certificado de asistencia emitido por la empresa, tal y como consta en el artículo 7.

d) Que se solicite la ayuda en el plazo de un mes a contar desde el día en el que finaliza la Estancia de Formación en la empresa y según el modelo que se recoge en el anexo 5.

Artículo 9.– Certificados.

9.1.– A efectos de reconocimiento, certificación y registro, las estancias de formación en empresas, como actividad de formación permanente del profesorado, son asimilables a cursos de formación.

9.2.– A los participantes se les emitirá un certificado en el que conste el número de horas realizadas y la empresa en la que han realizado la actividad, en el plazo máximo de tres meses a contar desde que la memoria y el certificado de la empresa se entreguen en la Dirección de Aprendizaje Permanente.

9.3.– De conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativos Común, si una vez transcurrido el plazo antes mencionado no hubiera sido notificada a la persona interesada la emisión de la certificación y/o la concesión de las ayudas económicas que fueran pertinentes, se considerará como denegación de las mismas. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de seis meses, a partir del término de la actividad, para presentar recurso por la no concesión del certificado. Pasado este plazo, no se emitirá certificación alguna, excepto Resolución positiva de los recursos presentados o sentencia judicial.

9.4.– La superación de las actividades dará lugar a su registro en la base de datos de actividades de innovación y formación del profesorado del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, base de datos que podrá ser consultada por los interesados de acuerdo con la normativa vigente y de la que podrán pedir el Certificado de Actividades de Innovación y Formación.

Artículo 10.– Seguro complementario.

Los profesores que participen en estas estancias formativas estarán cubiertos por un seguro complementario de responsabilidad civil y de accidentes. Para los profesores de la red pública, dicho seguro es el que les corresponde como personal al servicio de la Administración de la CAV y para los profesores-as de la red privada, se efectuará una ampliación, que será nominal y para el tiempo que dure la estancia, de tal forma que tengan la misma cobertura.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de septiembre de 2007.

La Directora de Aprendizaje Permanente,

IRENE AZPIROZ ARTANO.

ANEXO 1

A) Valoración del Proyecto.

La Comisión valorará la memoria presentada de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Adecuación de los objetivos planteados a los objetivos de esta convocatoria y su aplicación en el centro (hasta 3 puntos).

b) Adecuación de las actividades propuestas a las operaciones que se realizan en la empresa (hasta 3 puntos).

c) Idoneidad de los módulos impartidos por el profesor solicitante con los objetivos y actividades del proyecto y la empresa seleccionada (hasta 3 puntos).

d) Situación de la empresa seleccionada en el entorno del centro en el que el profesor tiene su destino (1 punto).

Total máximo: 10 puntos.

B) Complementario en caso de empate.

I.– Situación administrativa:	max. 6 puntos	

1) Ser funcionario de carrera o contratado laboral indefinido en Centros dependientes del Departamento:	4 puntos	

2) Interino/a:	3 puntos	

3) Contrato laboral indefinido en Centros Privados:	2 puntos	

4) Profesores de unidades suprimidas:	2 puntos	

II.– Experiencia profesional:	max. 4 puntos	

Años de servicio en educación hasta el 7 de noviembre de 2007 inclusive: 0,5 puntos por año, 0,042

por mes y 0,0014 por día.

	Total máximo	10 puntos	

ANEXO 2
HOJA DE SOLICITUD

DATOS PERSONALES (Adjuntar fotocopia DNI en caso de personas no dadas de alta en la base de datos de personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación).

DNI: ...................................... 1er apellido: ...................................... 2.º apellido:

DATOS LABORALES O ADMINISTRATIVOS

Centro: código: 0 1 _ _ _ _ Nombre:

.......................................... CP: ................. Municipio: 	

Tiempo de servicio: ___ años, ___ meses, ___ días.

Horas a la semana que imparte en cada ciclo formativo y módulo:

	Ciclo formativo:							

	Módulo:							

	Horas / semana:							

Estancias de Formación en Empresas; Plan Formación del Profesorado de Formación Profesional 2007-2008

Denominación del proyecto concertado con la empresa:	

	Empresa (nombre y dirección)	Área o Departamento	Familia Profesional	

Duración del proyecto en horas: _____________ Fechas: del_______ al ______ del mes de ___________ de 200_	

En ____________________, a ___ de _____________ de 200_____

	VºBº del/a Director/a del Centro (1)	Sello del Centro	Firma del/a solicitante	

El/la firmante declara:

1.– No estar sancionado administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo

SRA. DIRECTORA DE APRENDIZAJE PERMANENTE

(1) Este VºBº implica el reconocimiento de que la persona solicitante es docente en activo en dicho Centro y que son ciertos los datos laborales y administrativos aportados, en especial las tareas (nivel-área-asignatura y horas semanales en cada una de ellas) indicadas en el epígrafe correspondiente.

ANEXO 3

CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN DEL SOLICITANTE PARA LA ESTANCIA EN LA EMPRESA

D./Dña. 	

Como representante de la empresa/entidad 	

con domicilio en la localidad de 	

territorio de 	, calle 	

CP: 	 Teléfono: 	

HACE CONSTAR:

Que el profesor D./Dña. 	

Ha sido aceptado para la realización de una estancia formativa en esta empresa/entidad con el proyecto denominado:

	

por un total de

según la Resolución del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca Estancias de Formación en Empresas para el curso 2007-2008.

En..................................... a

REPRESENTANTE DE LA EMPRESA/ENTIDAD

Fdo.:

(Sello de la empresa/entidad)

ANEXO 4
CERTIFICADO ACREDITANDO LA REALIZACIÓN DE LA ESTANCIA EN LA EMPRESA

D./Dña. 	

Como representante de la empresa/entidad 	

	

con domicilio en la localidad de 	

territorio de 	, calle 	

CP: 	 Teléfono: 	

HACE CONSTAR:

Que el profesor D./Dña. 	

Ha realizado una estancia formativa en esta empresa/entidad con el proyecto denominado:

	

por un total de .................... horas, durante un total de 	...................... días, en el periodo (especificar mes y días de cada mes)

	

	

	,

según la Resolución del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca Estancias de Formación en Empresas para el curso 2007-2008.

En..................................... a

REPRESENTANTE DE LA EMPRESA/ENTIDAD

Fdo.:

(Sello de la empresa/entidad)

ANEXO 5
SOLICITUD DE AYUDAS POR DESPLAZAMIENTO (ART. 8 DE LA RESOLUCIÓN)

DATOS PERSONALES:

DNI: 	

1er apellido: 	 2º apellido: 		Nombre: 	

Centro: 	 Municipio: 	

SOLICITA: Ayuda por desplazamientos efectuados para asistir a la Estancia de Formación en la empresa	

	

Con el proyecto denominado 	

(siempre que se realice la estancia de formación en empresa en una localidad diferente a aquella donde trabaja y/o reside y que cumpla con los requisitos establecidos en la Resolución de 13 de septiembre de 2007 de la Directora de Aprendizaje Permanente por la que se convocan Estancias de Formación en Empresas para el profesorado que imparte Ciclos Formativos de Formación Profesional para el curso 2007-2008).

En..................................... a

Firma del/a solicitante


Análisis documental