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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 137, viernes 19 de julio de 2002


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Gernika-Lumo
4112

EDICTO dimanante del Divorcio Contencioso 272/01.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Gernika-Lumo (Bizkaia)

Juicio: Div. Contenc. LECn 272/01

Demandante D/Dª: Javier Salgado Nogueiras

Abogado D/D.ª: Oar Ibarra, Roberto

Procurador D/D.ª: Maria Carmen Torre Zarraga

Demandado: Leonor Rosa Cunha Cabaleira

Sobre: Divorcio Contencioso

En el referido juicio se ha dictado el 14.06.02 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Que estimando íntegramente interpuesta por la Procurador Dña. Maria Carmen Torre Zarraga, en nombre y representación de Don Javier Salgado Nogueiras contra Doña Leonor Rosa Cunha Cabaleira, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído entre los expresados cónyuges en fecha 11 de septiembre de 1993 con todos los efectos legales.

No ha lugar a pronunciamiento sobre costas.

Comuníquese la presente Sentencia, una vez firme, al Registro Civil en que conste escrito el matrimonio, expidiéndose a tal fin el oportuno despacho para la anotación marginal de la misma.

Así por esta mi Sentencia, que se unirá al libro de las de su clase y de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos de su razón juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Leonor Rosa Cunha Cabaleira y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recuso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Gernika-Lumo (Bizkaia), a diecisiete de junio de dos mil dos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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