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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 44, viernes 4 de marzo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
998

RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2016, del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se conceden las subvenciones, correspondientes al ejercicio 2015 y reguladas por la Orden de 15 de septiembre de 2015 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, cuyo objeto es actualizar el equipamiento de los ciclos formativos de Formación Profesional recogidos en dicha Orden e impartidos durante el curso académico 2015-2016 en centros concertados y en centros públicos de titularidad municipal.

En fecha de 24 de septiembre de 2015 se hizo pública la Orden, de 15 de septiembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones, correspondientes al ejercicio 2015, para la compra del equipamiento necesario para actualizar los equipamientos vinculados a algún ciclo formativo de grado medio y superior de Formación Profesional perteneciente a la familia profesional de Informática y Comunicaciones o a ciclos formativos del sector industrial con desarrollo tecnológico más avanzado concretados en la citada Orden y que se imparten en centros concertados y centros públicos de titularidad municipal en el curso académico 2015-2016.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 15 de septiembre y habiendo observando en todas las actuaciones el procedimiento de concesión y gestión de las subvenciones establecido, tanto en las bases reguladoras como en la normativa vigente, las solicitudes presentadas fueron evaluadas por la Comisión de Valoración que, nombrada a tal efecto conforme al citado artículo, aprobó y elevó al Vicenconsejero de Formación profesional la propuesta de resolución de concesión y denegación, según corresponda, de todas las que fueron admitidas tras el proceso de selección, tal como consta en el acta de fecha de 11 de enero de 2016.

Una vez elevada la propuesta al Viceconsejero de Formación Profesional y tal como se dispone en el artículo 12 de la Orden, le corresponde al propio Viceconsejero dictar y notificar a las entidades interesadas la Resolución sobre las solicitudes presentadas siendo el plazo máximo establecido para ello de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Según el mismo artículo 12, la notificación a las entidades interesadas deberá realizarse de forma individual y mediante los medios electrónicos dispuestos para tal fin, y, para general conocimiento, mediante publicación en el Boletín del País Vasco, detallándose, en todo caso, tanto la relación de solicitantes a los que se les concede las subvenciones, junto con la cuantía de las mismas, como las que han sido desestimadas indicando, a su vez, las causas del misma.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Conceder, con arreglo del artículo 7 de la Orden de 15 de septiembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, y a propuesta de la Comisión de Valoración, las subvenciones destinadas a la actualización de los equipamientos vinculados a los ciclos formativos específicados en las bases reguladoras de la convocatoria a las entidades beneficiarias que se relacionan en el anexo I y por las cuantías para cada una de ellas que en el mismo se especifican.

Artículo 2.– Denegar, con arreglo a los requisitos de participación establecidos en el artículo 2 de la citada Orden de 15 de septiembre de 2015 y a propuesta de la Comisión de Valoración, la concesión de subvencion a la entidad solicitante que se relaciona en el anexo II.

Artículo 3.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

En el resto de condiciones se tendrá en cuenta lo dispuesto en la citada Orden de 15 de septiembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes, a partir de la notificación de esta Resolución a los centros.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2016.

El Viceconsejero de Formación Profesional,

JORGE ARÉVALO TURRILLAS.

ANEXO I
A LA RESOLUCIÓN DE 22 DE ENERO DE 2016. RELACIÓN DE SUBVENCIÓNES CONCEDIDAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS
(Véase el .PDF)
ANEXO II
A LA RESOLUCIÓN DE 22 DE ENERO DE 2016. RELACIÓN DE SUBVENCIÓNES DENEGADAS
(Véase el .PDF)

Análisis documental