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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 27, miércoles 10 de febrero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
589

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2016, del Director de Formación para el Empleo y Garantía de Ingresos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi.

Mediante Orden de 27 de enero de 2016, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, se aprobó el inicio al procedimiento de elaboración y tramitación del proyecto de Decreto por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, estableciendo que le será de aplicación la tramitación de urgencia prevista en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de Disposiciones de Carácter General, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de las ciudadanas y ciudadanos serán objeto de trámite de audiencia y, cuando la naturaleza de las disposiciones lo aconseje, se someterán a información pública.

Asimismo, en el artículo 8.4 de la citada Ley 8/2003, de 23 de diciembre, se establece que la información pública se efectuará por un plazo mínimo de veinte días hábiles, que podrá reducirse hasta el mínimo de diez días cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen. La necesidad de disponer del instrumento normativo que permita mantener en Euskadi una oferta permanente de acciones formativas dirigidas a las personas trabajadoras, desempleadas y ocupadas, para la mejora de su empleabilidad a los efectos de su inserción laboral y promoción en el trabajo, ha justificado la decisión de aplicar a este procedimiento la tramitación de urgencia, que supone la reducción de los plazos a la mitad.

A tal efecto, se somete el proyecto de Decreto por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi a información pública, por un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco.

De conformidad con lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Someter a trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, por un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior y en orden a la presentación de alegaciones, el contenido del proyecto de Decreto estará disponible en la Dirección de Formación para el Empleo y Garantía de Ingresos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Jose Atxotegi, n.º 1, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco (www.euskadi.eus) y en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (www.lanbide.euskadi.eus).

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2016.

El Director de Formación para el Empleo y Garantía de Ingresos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

JUAN IBARRECHE CARECHE.


Análisis documental