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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 26, martes 9 de febrero de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
565

ORDEN de 1 de febrero de 2016, de la Consejera de Seguridad, de tercera modificación de la Orden por la que se aprueban las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y se crea el Servicio de Intervención Coordinadora de Emergencias.

Por Orden de 1 de agosto de 2001, del Consejero de Interior, se aprobaron las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y se creó el Servicio de Intervención Coordinadora de Emergencias (BOPV n.º 178, de 13 de septiembre de 2001). Dicha Orden fue objeto de modificación por Orden del Consejero de Interior de 20 de marzo de 2007 (BOPV n.º 72, de 16 de abril de 2007) y por Orden de la Consejera de Interior, Justicia y Administración Pública de 8 de octubre de 2012 (BOPV n.º 207, de 24 de octubre de 2012).

Atendiendo al fruto de la experiencia adquirida en los últimos años, se ha procedido a revisar algunas concretas tácticas operativas con el fin de acomodarlas a la realidad actual e incrementar la eficacia de la respuesta.

En esta revisión se han introducido nuevas tácticas: a) la táctica SG10 «Incendio mobiliario urbano» con el fin de disgregarla del SG1: Incendio urbano/rural; b) la táctica HA «Detección de riesgos en ámbito urbano» (Riesgo caída de fachadas, tejados, caída de árboles, etc.) y c) la táctica IMV «Incidentes de Múltiples Víctimas».

Por otra parte se revisan y amplían los datos básicos del accidente a recoger en la carta de llamada de los Centros de Coordinación de Emergencias SOS DEIAK; se incluye a los bomberos en la táctica correspondiente al rescate en montaña, de conformidad con la disposición de medios especializados en rescate; y se modifica el papel a desempeñar en automático por las policías locales en función de sus competencias, el horario de cobertura diario de las mismas y su capacidad de coordinación tanto con la Ertzaintza como con SOS Deiak.

En algunas tácticas, atendiendo al trabajo especializado a realizar por los bomberos, se encomienda a ellos la determinación de la zona de seguridad.

Por último se clarifica el papel a desempeñar por el Servicio de Intervención Coordinadora de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (DAEM) según deba actuar como recurso de apoyo, de coordinación o de dirección, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 1/1996 de Gestión de Emergencias y la articulación del Sistema Vasco de Atención de Emergencias.

En la reelaboración de las tácticas operativas se ha contado con la colaboración de las diversas instituciones y entidades públicas o privadas implicadas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26.2 de la citada Ley de gestión de emergencias. Igualmente las nuevas tácticas operativas han obtenido el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Euskadi con fecha 3 de diciembre de 2015.

Por todo ello,

RESUELVO:

Artículo único.– 1.– Se modifican las tácticas operativas previstas en el apartado II del anexo a la Orden de 1 de agosto de 2001, del Consejero de Interior, por la que se aprueban las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y se crea el Servicio de Intervención Coordinadora de Emergencias.

2.– Las tácticas operativas modificadas serán comunicadas a los servicios implicados.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de febrero de 2016.

La Consejera de Seguridad,

ESTEFANÍA BELTRÁN DE HEREDIA ARRONIZ.

ANEXO
LISTADO GENERAL DE LAS TÁCTICAS OPERATIVAS

1.– Montaña (Mendi):

– M1: rescate en montaña / zona rural y/o periurbana. Todo tipo de rescate de personas localizadas en zona de montaña, zona rural y/o zona periurbana.

– M2: búsqueda en montaña / zona rural y/o periurbana. Toda búsqueda de personas desaparecidas y/o perdidas en zona de montaña, zona rural y/o periurbana.

– Koba: rescate en subsuelo en montaña / zona rural en cuya resolución sea necesario especialización o disposición de medios y/o técnicas especiales de rescate.

2.– Medio acuático (Ura):

– U1: salvamento en mar (aguas exteriores). Todos los salvamentos de personas y/o bienes en mar abierto (incluyendo como salvamento los incendios de buques en navegación).

– U2: salvamento en litoral-costa. Todos los salvamentos de personas y/o bienes o búsqueda y recuperación de cadáveres en zona de litoral-costa.

– U3: salvamento en aguas interiores. Abarca todos los rescates y búsquedas de personas o recuperaciones de cadáveres en río o pantano.

3.– Incendios (Sutegi):

– SG1: incendio urbano/rural. Todo incendio producido en zona urbana y/o zona rural urbanizada.

– SG10: incendio mobiliario urbano.

– SG2: incendio forestal. Todo incendio producido en zona forestal.

4.– Transporte de mercancías peligrosas: TPC/TPF

Todo accidente de tráfico o ferroviario en el que estén implicadas Materias Peligrosas:

– TPC1-TPF1 - Avería o accidente en el que el vehículo o convoy de transporte no puede continuar la marcha, pero el continente de las materias peligrosas transportadas está en perfecto estado y no se ha producido vuelco o descarrilamiento.

– TPC2-TPF2 - Como consecuencia de un accidente el continente ha sufrido desperfectos o se ha producido vuelco o descarrilamiento, pero no existe fuga o derrame del contenido.

– TPC3-TPF3 - Como consecuencia de un accidente el continente ha sufrido desperfectos y existe fuga o derrame del contenido.

– TPC4-TPF4 - Existen daños o incendio en el continente y fugas con llamas del contenido.

– TPC5-TPF5 - Explosión del contenido destruyendo el continente.

5.– Industria:

– SG3: incendio Industrial. Todo incendio que se produzca en cualquier empresa dedicada a la actividad industrial, tanto en núcleo urbano como en zona rural.

– Kimika: incidente en empresa con materias peligrosas (incluyendo oleoducto y pirotecnias). Comprende aquellos accidentes de origen químico producidos en cualquier empresa, incluidas las de declaración obligatoria (SEVESO).

6.– Ferrocarril:

– T1: arrollamiento. Todo arrollamiento tanto de personas, como de vehículos.

– T2: descarrilamiento, choque, colisión o incendio.

7.– Aviación:

– Txoria 1: accidente de aeronave fuera del aeropuerto. Todos aquellos incidentes en los que se encuentra o pueda estar implicada una aeronave.

– Txoria 2A: accidente de aeronave en el Aeropuerto de Vitoria-Gasteiz (Foronda).

– Txoria 2B: accidente de aeronave en el Aeropuerto de Bilbao (Loiu).

– Txoria 2G: accidente de aeronave en el Aeropuerto de San Sebastián (Hondarribia).

8.– Medio urbano (Hiri):

– H1: rescate urbano. Todo tipo de rescate de personas en medio urbano (Atrapados en ascensores, patios interiores, etc.).

–HA: detección de riesgos en ámbito urbano (Riesgo caída de fachadas, tejados, caída de árboles, etc.).

9.– Radiológico:

– Garoña 0: aquellos accidentes producidos en las instalaciones de la Central Nuclear de Santa María de Garoña. No es necesario ayuda exterior.

– Garoña 1: desarrollo del PENBU.

– Radium: instalaciones radiactivas. Se encuentran involucrados materiales o instalaciones radiactivas, que no están contemplados en las Tácticas de TPC/TPF, ni afectan a la Central Nuclear de Santa María de Garoña.

10.– Gas:

– Gas: fuga, Incendio, explosión. Todas aquellas situaciones en las que se haya producido una fuga, incendio, explosión de gases hidrocarburos (metano, propano, butano, gas natural).

11.– Medio ambiente:

– IGA: contaminación atmosférica.

– IGR: contaminación río/pantano.

– IGM: contaminación mar / zona mareal. Afección a aguas marinas y zonas de influencia de mareas (rías, estuarios...).

– IGT: contaminación tierra – residuos. Afección a tierra, incluyendo la aparición de cualquier tipo de residuo de origen agrícola, industrial, doméstico...).

12.– Meteorología (Meteo):

1) Información de fenómenos meteorológicos adversos:

– Haizea: vientos.

– Galerna: galernas.

– Elurra 1: Nieves.

– Itxaso: marítimos-costeros.

– Beroa: ola de calor.

– Hotza: ola de frío.

– Euria: lluvias.

2) Gestión de fenómenos meteorológicos adversos:

– Uholde: inundaciones.

– Elurra 2: nevadas.

13.– Abastecimiento (Eraman).

– Eraman: todas las acciones que se tienen que ejecutar para proveer de lo vital, esencial y necesario (con carácter vital y urgente) a los ciudadanos y a sus bienes materiales.

14.– Desprendimientos - Deslizamientos:

– Lurra: todo tipo de incidente provocado por movimientos del terreno (deslizamientos, desprendimientos, etc.) incluyendo el rescate de posibles personas sepultadas.

15.– Evacuación-albergue:

– Hotel: todo tipo de supuesto que haga necesaria la evacuación y/o albergue de personas afectadas por un incidente.

16.– Presas:

– Urtegi: todo tipo de incidente relacionado con la posibilidad de rotura o desbordamiento de presas o embalses.

17.– Accidentes de tráfico (TG):

– TG1: todos los accidentes de tráfico que en su siniestralidad no existan personas heridas.

– TG2: todos los accidentes de tráfico que en su siniestralidad existan personas heridas y/o atrapadas.

18.– Incidentes múltiples víctimas (IMV):

– IMV: abarca todos aquellos accidentes en los que existen múltiples vehículos accidentados y/o autobuses, trenes, embarcaciones, aeronaves, o colapsos estructurales, con un gran número de personas afectadas: fallecidas, heridas y/o atrapadas.

19.– Accidentes laborales (PG1):

– PG1: todos los daños corporales que tienen su origen en la acción súbita o violenta de una causa exterior, o de lesiones sufridas, cualquiera que sea su causa, por razón del trabajo o con ocasión del mismo.

20.– Accidentes en vía pública (PG3):

– PG3: todos los accidentes desarrollados en la vía pública, que en su siniestralidad existan personas heridas.


Análisis documental