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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 24, viernes 5 de febrero de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
534

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2016, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Puente de Mercadillo de Galdakao (Bizkaia).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Visto el interés cultural que presenta el Puente de Mercadillo de Galdakao (Bizkaia) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural,

RESUELVO:

Primero.– Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Puente de Mercadillo de Galdakao (Bizkaia), conforme a la delimitación que figura en el anexo I y la descripción obrante en el anexo II.

Segundo.– Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Puente de Mercadillo de Galdakao para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz.

Tercero.– Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Galdakao y a los Departamentos de Euskera y Cultura y de Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco y a URA Agencia Vasca del Agua, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes.

Cuarto.– Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2016.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI.

ANEXO I
DELIMITACIÓN

a) Descripción de la delimitación.

La delimitación incluye, por un lado, el propio puente en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites:

Al Norte, el límite de la propiedad privada y el margen del río por ese lado.

Al Este, una línea paralela al puente trazada a 40 metros de distancia.

Al Sur, el margen del río por ese lado, el borde exterior del camino que conduce al puente hasta su encuentro con la carretera y el límite de la propiedad privada.

Y, finalmente, al Oeste, una línea paralela al puente trazada a 40 metros de distancia.

b) Justificación de la delimitación.

La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los valores ambientales y visuales del puente de Mercadillo, en Galdakao. La delimitación del entorno, necesaria para la debida protección y puesta en valor del bien catalogado, implica la protección de los espacios adyacentes al puente ocupados por los terrenos circundantes y acceso al bien, a fin de preservar el carácter propio del puente. Por ello esta delimitación incluye no solamente el puente propiamente dicho sino también el entorno que lo rodea.

(Véase el .PDF)
ANEXO II
DESCRIPCIÓN

El puente de Mercadillo en Galdakao se sitúa en el camino histórico entre Bilbao y Durango a lo largo del valle del río Ibaizabal. Es un puente de piedra arenisca con cuatro ojos.

El puente se sustenta en los estribos de ambas orillas y por tres pilas, que son gruesas y de planta rectangular, de fábrica de mampostería en la cara de aguas abajo y con tajamares triangulares aguas arriba. Los tajamares tienen aristones irregulares de sillería arenisca y son de dos cuerpos. Todos los ojos tienen impostas de sillería y las bóvedas están realizadas en mampostería regular de laja de flysch, y las enjutas y entrepaños de los arcos son de mampostería aparejada.

Las bóvedas son todas de tamaño diferente. La mayor es la segunda contando de Sur a Norte, con dos menores a los lados, y la cuarta está cegada. Por consiguiente, la plataforma del puente es de doble pendiente y asimétrica, con un breve tramo horizontal encima de la segunda bóveda y rampas de acceso desiguales en ambos estribos. Su anchura únicamente permitía el paso alternativo de carros en un único sentido.

El puente tiene apartaderos sobre los tajamares y el pretil original ha sido sustituido por otro de bloque de hormigón que contrasta negativamente con el conjunto del puente.

Las técnicas constructivas empleadas permiten datar el puente a finales del siglo XVIII, reedificado sobre otro del siglo XVI.


Análisis documental