N.º 13, jueves 21 de enero de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE BILBAO
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EDICTO dimanante del juicio verbal 1036/2013 seguido sobre indemnización de daños y perjuicios.
Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bilbao.
Juicio: juicio verbal 1036/2013.
Demandante: Miguel Marcos Tineo.
Abogado: Jon Montes Del Val.
Procurador: Leyre Cañas Luzarraga.
Demandado: Fonor Empresa Constructora, S.A.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado, el 08-10-2014, Sentencia en la que el fallo es la siguiente:
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª Leire Cañas Luzarraga en nombre y representación de D. Miguel Marcos Tineo y D.ª Teresa Centeno Fernández contra Fonor Empresa Constructora, S.A., en situación de rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, condenando a la citada demandada a que abone a la parte actora:
A) la cantidad de 1.445,60 euros;
B) el interés legal incrementado en dos puntos de la cantidad citada en el apartado anterior que se devengue desde la fecha de esta resolución;
C) las costas del juicio.
La presente Resolución es firme conforme a lo dispuesto en el artículo 455.1 de la LEC en su nueva redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Fonor Empresa Constructora S.A. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
La presente Resolución es firme y no cabe recurso alguno.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 16 de julio de 2015.
EL SECRETARIO JUDICIAL.