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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 224, martes 24 de noviembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
5021

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2015, del Viceconsejero de Salud, por la que se conceden becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario.

Por Orden de 16 de junio de 2015 (BOPV de 30 de junio de 2015) del Consejero de Salud, se convocaron becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario.

El artículo 13 de dicha Orden establece que las solicitudes de becas y ayudas serán resueltas por el Viceconsejero de Salud, a propuesta de la Comisión de Valoración nombrada al efecto por el Consejero de Salud, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Las becas y/o ayudas recogidas en la Orden de Convocatoria podrán no estar incluidas dentro del ámbito de exención previsto en el apartado 9 del artículo 9 de las Normas Forales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, referida a las becas (Álava. Norma Foral 33/2013. Bizkaia. Norma Foral 13/2013. Gipuzkoa. Norma Foral 3/2014).

En virtud del artículo 4 de la mencionada Orden se comunica que los recursos económicos destinados a financiar esta convocatoria han sido incrementados en 3.795 euros.

Por lo expuesto, vistas las solicitudes presentadas a esta convocatoria y considerada la propuesta de la Comisión de Valoración,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario a las personas y en las cuantías que se determinan en el anexo I.

Segundo.– Denegar las solicitudes presentadas por las personas relacionadas en el anexo II, por los motivos allí expresados.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de octubre de 2015.

El Viceconsejero de Salud,

GUILLERMO VIÑEGRA GARCÍA.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental