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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 211, jueves 5 de noviembre de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
4692

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 477/2014.

En el procedimiento Pro. ordinario 477/2014 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz a instancia de Mercedes Benz Financial España, E.F.C. S.A. contra Peter Fisiak sobre juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 149/2015

Juez que la dicta: D. Francisco Javier Pablo Pablo.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: nueve de octubre de dos mil quince.

Parte demandante: Mercedes Benz Financial España, E.F.C. S.A.

Abogado: Sr. Grisaleña.

Procurador: Maria Concepcion Mendoza Abajo.

Parte demandada: Peter Fisiak.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: resto de ordinarios (42).

FALLO

Estimo la demanda de juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, interpuesta por la Procuradora Sra. Mendoza en representación de la mercantil «Mercedes Benz Financial España, E.F.C., S.A.», asistida por el Letrado Sr. Grisaleña, contra D. Peter Fisiak, en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia,

Condeno a D. Peter Fisiak, a pagar a la mercantil «Mercedes Benz Financial España, E.F.C., S.A.», la cantidad de 41.761,68 euros, más el interés legal devengado por la misma desde el 25 de abril de 2014 hasta la fecha de la presente Resolución, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la Lec, caso de que fuera necesaria la ejecución de Sentencia.

Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada. Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0010 0000 04 0477 14, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a nueve de octubre de dos mil quince.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Peter Fisiak, extiendo y firmo la presente en Vitoria-Gasteiz a nueve de octubre de dos mil quince.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental