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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 145, lunes 3 de agosto de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE IRUN
3416

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 293/2014.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Irun.

Juicio: pro. ordinario 293/2014.

Demandante: Jhenny Rossi Ilaja Vila.

Abogado: Myriam Jose Sanchez-Guardamino Elorriaga.

Procurador: Olga Maria Miranda Fernandez.

Demandado: Jose David Ureña Flores.

Sobre: privación de patria potestad.

En el referido juicio se ha dictado el 20-05-2015 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Jhenny Rossi Ilaja Vila, frente a D. José David Ureña Flores, debo declarar y declaro la privación de la patria potestad del demandado respecto de su hija XXXXX de forma que la patria potestad sobre la menor se ejercitará totalmente por la Sra. Ilaja Vila.

No se hace especial pronunciamiento en materia de costas.

Practíquese en el Registro Civil correspondiente al nacimiento de la menor, la oportuna anotación marginal de privación de la potestad paterna.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose David Ureña Flores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de Apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 16 de junio de 2015.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental