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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 127, miércoles 8 de julio de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE BILBAO
3035

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 619/2014 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bilbao.

Juicio: juicio verbal 619/2014.

Demandante: José Miguel López Guimón.

Abogado: Luis Javier Santafe Mendez.

Procurador: Ana Bustamante Esparza.

Demandado: Jordan Moron Nielsen Gutemberg y Compañia de Seguros Bilbao.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 08-06-2015 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª Ana Bustamante Esparza en nombre y representación de D. José Miguel López Guimón contra D. Jordan Moron Nielsen Gutemberg y la compañía de seguros Bilbao, debo condenar y condeno:

a) a los demandados D. Jordan Moron Nielsen Gutemberg y compañía de seguros Bilbao, a que abonen, con carácter solidario, a D. José Miguel López Guimón, la cantidad de 1.360,57 euros;

b) a la demandada compañía de seguros Bilbao, a que satisfaga al actor un interés anual igual al interés legal incrementado en su 50%, de dicha cantidad (1.360,57 euros), desde la fecha del siniestro (transcurridos dos años desde la producción del siniestro, este interés anual no podrá ser inferior al 20%); y

c) a los demandados D. Jordan Moron Nielsen Gutemberg y compañía de seguros Bilbao, a que, solidariamente, paguen al actor las costas del juicio.

La presente resolución es firme conforme a lo dispuesto en el artículo 455.1 de la LEC en su nueva redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jordan Moron Nielsen Gutemberg y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución no cabe recurso.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 8 de junio de 2015.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


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