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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 125, lunes 6 de julio de 2015


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
2991

ANUNCIO de 10 de junio de 2015, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo relativo a la notificación de resoluciones de reintegro.

No habiéndose podido notificar por el servicio de correos las resoluciones adoptadas en expedientes de reintegro tramitados por incumplimiento de la normativa aplicable, al amparo del Decreto 329/2003, de 23 de diciembre, por el que se regulan las ayudas al empleo (Capítulo III -Ayudas a la renovación de plantillas-, Sección 1.ª-Ayudas por contrato de relevo-), relativas a los expedientes que se relacionan en el anexo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación por medio del presente anuncio, con las siguientes advertencias:

1.– Se resuelve la obligación del reintegro del importe señalado en el anexo, que habrá de efectuarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en la cuenta a nombre de Lanbide en Laboral Kutxa, n.º IBAN ES73 3035 0012 71 0120140002. Se advierte que de no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su ejecución por la vía de apremio.

2.– Se resuelve anular el pago que quedaba pendiente por el importe señalado en el anexo.

3.– Frente a las citadas resoluciones, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.– La persona interesada tiene a su disposición el texto íntegro de la citada resolución en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, sitos en la calle Jose Atxotegi n.º 1 de Vitoria-Gasteiz (01009).

Vitoria-Gasteiz, a 10 de junio de 2015.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

ADOLFO ALUSTIZA FERNÁNDEZ.

(Véase el .PDF)

Análisis documental