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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 125, lunes 6 de julio de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
2984

DECRETO 111/2015, de 23 de junio, de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

La Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, creó Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, como organismo autónomo de carácter administrativo y estableció, en su artículo 7.1, que el Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno de dicho organismo.

Por su parte, el artículo 6.2 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, determina que el Consejo de Administración estará integrado por las y los siguientes miembros:

a) Presidente o Presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.

b) Vicepresidente o Vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.

c) El Director o la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

d) Dos vocales nombrados y, en su caso, cesados por el Gobierno Vasco a propuesta del departamento competente en materia de empleo.

e) Cinco vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones sindicales citadas y nombrados mediante Decreto del Gobierno Vasco.

f) Cinco vocales en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones empresariales citadas y nombrados mediante Decreto del Gobierno Vasco.

Asimismo, en el párrafo 5 del citado artículo 6 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se establece que el Gobierno Vasco podrá nombrar hasta cinco suplentes que sustituirán, indistintamente, a los o las vocales titulares en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

Mediante el Decreto 253/2011, de 29 de noviembre, publicado en el BOPV n.º 233 de 12 de diciembre de 2011, se procedió al nombramiento inicial de los miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, conforme a lo determinado en la Ley reguladora del mismo.

Mediante el Decreto 334/2013, de 22 de abril, publicado en el BOPV n.º 84 de 3 de mayo de 2013 se procedió a la última renovación de los miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que representan a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En la actualidad, uno de los vocales suplentes nombrados mediante dicho Decreto, D. Xabier Iñigo Ochandiano Martínez, ha cesado en el cargo público cuyo desempeño fue el fundamento de su nombramiento como miembro del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de modo que se hace necesario proceder a efectuar el correspondiente cese y nombramiento de nuevo vocal suplente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 23 de junio de 2015,

DISPONGO:

Artículo 1.– Cesar al siguiente miembro del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

D. Xabier Iñigo Ochandiano Martínez, como vocal suplente.

Artículo 2.– Nombrar al siguiente miembro del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

Dña. Amaia Arteaga Dañobeitia, Directora de Planificación e Innovación en el Empleo, como vocal suplente.

Artículo 3.– El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2015.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

ANGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.


Análisis documental