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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, miércoles 1 de julio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2921

RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2015, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas establecidas en el Programa de Apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales, para el ejercicio 2015.

La Orden de 25 de junio de 2014 de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV n.º 64 de 2 de julio de 2014), modificada por la Orden de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, establece el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden reguladora del Programa de Apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2015, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 8 de la Orden de referencia

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2015 de las ayudas previstas en la Orden de 25 de junio de 2014 de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV n.º 64 de 2 de julio de 2014), modificada por la Orden de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales.

Artículo 2.– Recursos económicos.

A la financiación de las ayudas convocadas se destinarán 3.432.200 euros, con cargo al correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo.

Artículo 3.– Requisitos, lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

1.– Las empresas solicitantes, para poder acceder a las ayudas, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la citada Orden de 25 de junio de 2014 de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, modificada por la Orden de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, reguladora del Programa.

2.– Las solicitudes y demás documentación complementaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la citada Orden de 25 de junio de 2014 de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, modificada por la Orden de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, se presentarán bien telemáticamente, bien de forma presencial en la Delegación Territorial de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco del Territorio Histórico donde se ubique el proyecto, en las Oficinas de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco (Zuzenean), o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente a través de la sede electrónica http://www.industria.ejgv.euskadi.net/appcont/osaga-emp/mec.html

Se anexa para su conocimiento el contenido de la solicitud, así como de las declaraciones responsables.

3.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00h del día siguiente al de la publicación de esta Resolución y finalizará a las 12:00h del día 15 de septiembre de 2015.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de junio de 2015.

La Viceconsejera de Comercio y Turismo,

ITZIAR EPALZA URQUIAGA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental