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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, jueves 4 de junio de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
2473

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2015, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia al proyecto «Sensibilización sobre el desarrollo humano, endógeno y sostenible, con perspectiva de género en Wukro, Etiopía, a través de un documental» presentado por la entidad Ingeniería para la Cooperación-Lankidetzarako Ingeniaritza (IC-LI) dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2011.

Por Resolución de 14 de diciembre de 2011, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a proyectos con cargo al Fondo para la Cooperación al Desarrollo para el año 2011, se concedió a la entidad Ingeniería para la Cooperación-Lankidetzarako Ingeniaritza (IC-LI) una subvención de 41.244 euros para la realización del proyecto «Sensibilización sobre el desarrollo humano, endógeno y sostenible, con perspectiva de género en Wukro, Etiopía, a través de un documental».

La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 6 de agosto de 2014, formuló una solicitud de renuncia parcial al tercer pago de la subvención.

Analizada la solicitud, el Servicio de Coordinación Técnica informa favorablemente la renuncia presentada por la entidad beneficiaria de la subvención.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del mismo, especificando las repercusiones presupuestarias que implican.

No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Autorizar a la entidad Ingeniería para la Cooperación-Lankidetzarako Ingeniaritza (IC-LI) la renuncia solicitada al proyecto «Sensibilización sobre el desarrollo humano, endógeno y sostenible, con perspectiva de género en Wukro, Etiopía, a través de un documental» presentado dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2011.

Como consecuencia, la entidad deberá devolver el importe correspondiente al tercer pago que no ha sido justificado y que asciende a 5.577,49 euros.

Segundo.– Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

Vitoria-Gasteiz, a 22 de mayo de 2015.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental