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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, lunes 1 de junio de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
2409

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2015, del Viceconsejero de Política Lingüística, por la que se incrementa la cuantía global de la dotación económica de la Orden de 26 de diciembre de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, penetración, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera en el año 2015.

La Orden de 26 de diciembre de 2014 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV n.º 247, de 29 de diciembre de 2014) regula y convoca la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, penetración, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera en el año 2015 (Convocatoria Hedabideak).

La Viceconsejería de Política Lingüística, de acuerdo con la previsión contenida en la Disposición Adicional Primera de dicha Orden, ha estimado adecuado incrementar los recursos económicos de la misma. Existe para ello dotación presupuestaria suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Vasca.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Incrementar en 87.225 euros el importe fijado en el artículo 6 de la Orden de 26 de diciembre de 2014, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Primera de la misma. Dicho artículo quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 6.– Recursos económicos.

1.– Para el cumplimiento del objetivo fijado se destinarán 4.962.225 euros. Dicha cantidad correrá a cargo de la partida presupuestaria dispuesta al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2.– El importe señalado se distribuirá de la siguiente forma:

a) Grupo A (medios de comunicación escritos íntegramente en euskera cuyo objetivo principal es ofrecer información diaria. Medios de comunicación escritos vinculados a la actualidad diaria y local: prensa diaria y revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos): 2.524.000 euros.

b) Grupo B (medios de comunicación escritos íntegramente en euskera cuyo cometido principal es el tratamiento de temas en profundidad más allá de lo diario: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera: 1.137.500 euros.

c) Grupo C (radios que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera a través de las ondas): 231.861 euros.

d) Grupo D (televisiones que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten parcial o íntegramente, en euskera): 522.306 euros.

e) Grupo E (medios de comunicación difundidos por Internet): 546.558 euros.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco para su conocimiento general.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2015.

El Viceconsejero de Política Lingüística,

PATXI XABIER BAZTARRICA GALPARSORO.


Análisis documental