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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, lunes 1 de junio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2406

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2015, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 322 a 328.

HECHOS

Primero.– Las Escuelas Agrarias de Fraisoro y Arkaute han impartido los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 322, Escuela Agraria de Fraisoro, Productos fitosanitarios, curso de renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 323, Escuela Agraria de Fraisoro, impartido en Getaria, Productos fitosanitarios, curso de renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 324, Escuela Agraria de Fraisoro, impartido en Bergara, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 325, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Elciego, Productos fitosanitarios, curso de renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 326, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Leza, Productos fitosanitarios, curso de renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 327, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Bernedo, Productos fitosanitarios, curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 328, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Vitoria-Gasteiz, Productos fitosanitarios, curso de renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

Los 7 cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualifcado, del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel básico del curso 322 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel básico del curso 323 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II a la presente Resolución.

3.– De nivel básico del curso 324 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo III a la presente Resolución.

4.– De nivel básico del curso 325 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IV a la presente Resolución.

5.– De nivel básico del curso 326 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo V a la presente Resolución.

6.– De nivel cualificado del curso 327 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VI a la presente Resolución.

7.– De nivel básico del curso 328 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VII a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 2015.

El Director de Agricultura y Ganadería,

EDUARDO AGUINACO LÓPEZ DE SUSO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental