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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 97, miércoles 27 de mayo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
2322

ORDEN de 30 de abril de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 5 (domicilio) de los estatutos de la «Fundación Bizia para la Inserción Social».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– En fecha 11 de marzo de 2015 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia autorizada de la Escritura Pública de traslado de domicilio otorgada el día 25 de febrero de 2015 por el Notario de Bilbao, don Carlos Ramos Villanueva (n.º 804 de protocolo), que recoge la solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, del cambio de domicilio social y consiguiente modificación del artículo estatutario de la Fundación Bizia para la Inserción Social.

La referenciada Escritura pública incorpora Certificación expedida en Zamudio el día 23 de febrero de 2015, por doña Vanesa Pilar Rodríguez Fernández, Secretaria del Patronato con el visto bueno de su Presidente de la reunión del Patronato celebrada el día 23 de febrero de 2015, en la que se adoptó por unanimidad, entre otros, el acuerdo de modificar el artículo 5 de los Estatutos fundacionales con el fin de adecuar el domicilio de la Fundación al que en la actualidad ostenta.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación del artículo 5 de los Estatutos de la Fundación Bizia para la Inserción Social.

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública donde consta el cambio de domicilio social y consiguiente modificación del artículo estatutario otorgada el día 25 de febrero de 2015 por doña María Fernández Carballo, Presidenta del Patronato de la Fundación Bizia para la Inserción Social, ante el Notario de Bilbao, don Carlos Ramos Villanueva, número 804 de su protocolo.

De esta inscripción, el domicilio de la Fundación pasa a situarse en el Polígono Ugaldeguren n.º 1, Pabellón 11, Parcela 4 de Zamudio.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de abril de 2015.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental