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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 87, miércoles 13 de mayo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

HAURRESKOLAK
2069

ACUERDO 02/03-2015 de 18 de marzo de 2015 del comité directivo del Consorcio Haurreskolak por el que se fijan los precios públicos de los servicios ofertados por el Consorcio Haurreskolak.

Por medio de este acuerdo se fija la cuantía de los precios públicos de los servicios de atención asistencial y educativa de los menores de tres años que, siendo susceptibles de regulación, se prestan en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

1.– Los precios públicos de los servicios de atención asistencial y educativa de los menores de tres años que presta el Consorcio Haurreskolak en la Comunidad Autónoma del País Vasco son los siguientes en función de la renta estandarizada, conforme a la normativa vigente en la CAPV:

(Véase el .PDF)

2.– Estos precios públicos estarán vigentes a partir del 1 de septiembre de 2015.

3.– El pago del importe de dichos precios públicos se efectuará a mes vencido mediante domiciliación bancaria, y se cobrarán todos los meses del año excepto el mes de agosto, ya que el curso escolar en Haurreskolak consta de 11 meses.

4.– En el momento de la inscripción se deberán abonar 91 euros.

5.– En el momento de admisión del niño o niña en la haurreskola se esteblecerá el tramo de cuota que le corresponde en función de la renta estandarizada de la familia. Este tramo de cuota establecido se aplicará durante toda la estancia del niño o de la niña en la haurreskola.

6.– Para las familias que no tienen que realizar la inscripción en cualquiera de las haurreskolas del Consorcio Haurreskolak por estar admitida la criatura anteriormente, se abrirá un periodo para presentar la documentación que certifique que se encuentran en cualquiera de los tramos diferentes al tramo tercero. Este periodo se abrirá únicamente a comienzos del curso 2015-2016.

7.– Las familias que utilicen los servicios del Consorcio Haurreskolak no podrán participar en la convocatoria de becas del Dpto. De Educación, Politica lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

8.– En caso de devolución de los recibos domiciliados podrá ejercitarse el cobro de dichos recibos por la vía de apremio, con el recargo correspondiente más los intereses de demora, gastos y costas que legalmente sean exigibles.

Eibar, a 18 de marzo de 2015.

La gerente del Consorcio Haurreskolak,

MAITE LARRAÑAGA ORBEA.


Análisis documental