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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 86, martes 12 de mayo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2054

RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2015, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 311 a 321.

HECHOS

Primero.– Las Escuelas Agrarias de Derio y Arkaute impartido los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 311, Escuela Agraria de Derio, Productos fitosanitarios, Curso de Renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 312, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Laguardia, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 313, Escuela Agraria de Arkaute, Productos fitosanitarios, curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 314, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Salvatierra, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 315, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Leza, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 316, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Lapuebla de Labarca, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 317, Escuela Agraria de Arkaute, Productos fitosanitarios, Curso de aplicador, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 318, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Laguardia, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 319, Escuela Agraria de Derio, impartido en Gernika-Lumo, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 320, Escuela Agraria de Derio, Productos fitosanitarios, Curso de Renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 321, Escuela Agraria de Derio, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

Los 11 cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualificado, del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012, en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel básico del curso 311 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel básico del curso 312 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II a la presente Resolución.

3.– De nivel cualificado del curso 313 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo III a la presente Resolución.

4.– De nivel cualificado del curso 314 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IV a la presente Resolución.

5.– De nivel cualificado del curso 315 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo V a la presente Resolución.

6.– De nivel cualificado del curso 316 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VI a la presente Resolución.

7.– De nivel básico del curso 317 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VII a la presente Resolución.

8.– De nivel cualificado del curso 318 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VIII a la presente Resolución.

9.– De nivel básico del curso 319 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IX a la presente Resolución.

10.– De nivel básico del curso 320 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo X a la presente Resolución.

11.– De nivel básico del curso 321 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo XI a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de abril de 2015.

El Director de Agricultura y Ganadería,

EDUARDO AGUINACO LÓPEZ DE SUSO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental