N.º 86, martes 12 de mayo de 2015
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2054
RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2015, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 311 a 321.
HECHOS
Primero.– Las Escuelas Agrarias de Derio y Arkaute impartido los cursos que se relacionan a continuación:
– Curso n.º 311, Escuela Agraria de Derio, Productos fitosanitarios, Curso de Renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 312, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Laguardia, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 313, Escuela Agraria de Arkaute, Productos fitosanitarios, curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 314, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Salvatierra, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 315, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Leza, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 316, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Lapuebla de Labarca, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 317, Escuela Agraria de Arkaute, Productos fitosanitarios, Curso de aplicador, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 318, Escuela Agraria de Arkaute, impartido en Laguardia, Productos fitosanitarios, Curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 319, Escuela Agraria de Derio, impartido en Gernika-Lumo, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 320, Escuela Agraria de Derio, Productos fitosanitarios, Curso de Renovación, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 321, Escuela Agraria de Derio, Productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Los 11 cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualificado, del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.
Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.
Vistos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– El Real Decreto 1311/2012, en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.
Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería,
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:
1.– De nivel básico del curso 311 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.
2.– De nivel básico del curso 312 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II a la presente Resolución.
3.– De nivel cualificado del curso 313 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo III a la presente Resolución.
4.– De nivel cualificado del curso 314 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IV a la presente Resolución.
5.– De nivel cualificado del curso 315 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo V a la presente Resolución.
6.– De nivel cualificado del curso 316 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VI a la presente Resolución.
7.– De nivel básico del curso 317 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VII a la presente Resolución.
8.– De nivel cualificado del curso 318 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo VIII a la presente Resolución.
9.– De nivel básico del curso 319 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IX a la presente Resolución.
10.– De nivel básico del curso 320 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo X a la presente Resolución.
11.– De nivel básico del curso 321 a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo XI a la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de abril de 2015.
El Director de Agricultura y Ganadería,
EDUARDO AGUINACO LÓPEZ DE SUSO.