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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, viernes 24 de abril de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1851

DECRETO 46/2015, de 14 de abril, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación ONG AFAE - Acción Familiar Euskadi (Acción Familiar País Vasco).

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación ONG AFAE - Acción Familiar Euskadi (Acción Familiar País Vasco) ha solicitado la declaración mencionada por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la promoción y protección de las familias la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.

La entidad Asociación ONG AFAE - Acción Familiar Euskadi (Acción Familiar País Vasco) consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco en virtud de la Resolución de 23 de abril de 1987 dictada por la Secretaría General Técnica del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento del Departamento de Presidencia y Justicia con número de registro AS/B/00504/1987.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma Vasca.

Desde su constitución, la Asociación ONG AFAE - Acción Familiar Euskadi (Acción Familiar País Vasco) realiza todas las actividades precisas para la consecución de sus fines principales que son la promoción y protección de las familias, con proyectos que ayuden y contribuyan a la ayuda, formación y asistencia a las mismas, en una sociedad caracterizada por el cambio, en especial con aquellos que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia, y en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de Asociación ONG AFAE - Acción Familiar Euskadi (Acción Familiar País Vasco), como entidad de utilidad pública.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Administración Pública y Justicia y de Empleo y Políticas Sociales, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de abril de 2015,

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la Asociación ONG AFAE - Acción Familiar Euskadi (Acción Familiar País Vasco), inscrita con el número de registro AS/B/00504/1987 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 14 de abril de 2015.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

ÁNGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.


Análisis documental