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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 71, viernes 17 de abril de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE BILBAO
1747

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 836/2013 seguido sobre divorcio contencioso.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 (Familia) de Bilbao.

Juicio: divor. contenc. 836/2013.

Demandante: Iratxe Arraibi Landa.

Abogado: Lucia Urbaneja Riego.

Procurador: Pedro Maria Santin Diez.

Demandado: Abdoulaye Thine.

Sobre: divorcio.

En el referido juicio se ha dictado el 06-03-2015 auto, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

AUTO

Juez que lo dicta: Dña. Vanesa Murillo Villaverde.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: seis de marzo de dos mil quince.

PARTE DISPOSITIVA

1.– Se acuerda rectificar la Sentencia n.º 548/2014 dictada en el presente procedimiento con fecha 11-11-2014 en el sentido que donde consta el nombre del demandado como Abdoulay debe constar en adelante por ser lo correcto Abdoulaye:

Incorpórese esta resolución al libro de sentencia y llévese testimonio a los autos principales.

Modo impugnación: contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada (artículo 214.4 LECn).

Los plazos para los recursos a que se refiere el apartado anterior, si fueran procedentes, comienzan a computarse desde el día siguiente a la notificación de esta resolución (artículo 267.9 de la LOPJ).

Lo acuerda y firma S. S.ª. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Abdoulay Thine y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de: no cabe.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 1 de abril de 2015.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


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