N.º 59, viernes 27 de marzo de 2015
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8 DE VITORIA-GASTEIZ
1440
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 1151/2013 seguido sobre divorcio contencioso.
Juicio: divorcio.con. 1151/2013.
Parte demandante: Oiartz Ortiz Estibalez.
Parte demandada: Felipe Branco Donadelli.
Sobre: divorcio contencioso.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución siguiente:
Sentencia n.º 139/2015 dictada en el procedimiento de divorcio contencioso DVC 1151/2013, entre la demandante Oiartz Ortiz Estibalez y el demandado Felipe Branco Donadelli, seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Vitoria-Gasteiz.
En atención al actual desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Felipe Branco Donadelle, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días hábiles.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2015.
EL SECRETARIO JUDICIAL.