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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 44, jueves 5 de marzo de 2015


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1083

EDICTO de 16 de febrero de 2015, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por el que se notifica a la empresa «Molduraciones y Filtros Ecológicos, S.L.» la resolución recaída en el expediente n.º 14.0168.48.01.01.03.

José Javier Losantos Omar, Director de Trabajo y Seguridad Social

Hago saber que, concluido el expediente n.º 14.0168.48.01.01.03, incoado en virtud del acta de infracción núm. I482014000046254 a la empresa Molduraciones y Filtros Ecológicos, S.L. (CIF B-16307340), el Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Empleo y Políticas Sociales ha dictado resolución por la que se acuerda estimar la propuesta de sanción contenida en la citada acta de infracción e imponer a la empresa Molduraciones y Filtros Ecológicos, S.L. la sanción de dieciocho mil (18.000) euros, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 8.1 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

No habiéndose podido notificar dicha resolución a la empresa Molduraciones y Filtros Ecológicos, S.L., a pesar de los intentos realizados en el último domicilio del que se tiene constancia, ubicado en Calle Reina María Cristina, n.º 10 – 1.º F - 48930 Getxo (Bizkaia), se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se advierte a la empresa que la citada resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Empleo y Trabajo del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

En el supuesto de que la empresa no ejercitara su derecho a presentar recurso de alzada, deberá proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. Los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:

● Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794

● Entidad emisora: 04833001-522

● Referencia: 4814010800392

● Identificación: 080415

● Importe: 18.000 euros

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de febrero de 2015.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

JOSÉ JAVIER LOSANTOS OMAR.


Análisis documental