Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 40, viernes 27 de febrero de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ANUNCIOS

Otros anuncios oficiales

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
990

EDICTO del Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario, sobre el expediente (H_2014_20_3112).

José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente:

EDICTO

Tras dos intentos de entrega, no se ha podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a Máximo Reyes Reyes en el domicilio aportado por la misma en el expediente H_2014_20_3112, por lo que se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a los/as interesados/as el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:

– Fotocopia compulsada del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.

– Documento de Alta de Datos/Terceros interesado para efectuar el pago a la persona solicitante.

– Certificado de empadronamiento de la persona solicitante que acredite que ha residido de forma efectiva y empadronada en la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud o cinco años continuados a lo largo de los últimos diez años. En este certificado deberán constar todas las personas que conviven en el domicilio.

– Acta de nacimiento de los niños nacidos fuera de España, tanto el documento original como la traducción oficial del mismo. Ambos documentos deberán ser debidamente legalizados.

A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede al solicitante o a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales en la calle Intxaurrondo, 70-2.º, 20015, San Sebastián, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte al interesado o a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistido/a de su petición.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2015.

El Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario,

JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.


Análisis documental