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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 40, viernes 27 de febrero de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 13 DE BILBAO
979

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1100/2013.

Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Bilbao.

Juicio: pro. ordinario 1100/2013.

Demandante: Recreativos Uribe Costa, S.L.

Abogado: Marta Alonso Serna.

Procurador: Juan Carlos Ruiz Gutierrez.

Demandado: Maider Garitaonaindia Guerricagoitia.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado el 01-12-2014 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Recreativos Uribe Costa, S.L. contra Maider Garitaonaindia Guerricagoitia y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 18.000 euros más intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas del proceso.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4751, indicando en el campo concepto y resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Maider Garitaonaindia Guerricagoitia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 14 de enero de 2015.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental