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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 177, martes 11 de septiembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
4083

ORDEN de 01 de marzo de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración pública, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la «Fundación Instituto Gerontológico Matía-Ingema».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– En fecha 17 de enero de 2012, ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Justicia y Administración Pública escrito presentado por don Jonathan Felgueroso Conde, actuando en nombre y representación de la «Fundación Instituto Gerontológico Matia Ingema».

Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la Escritura Pública otorgada el 28 de diciembre de 2011 por don José Antonio Aguirre Franco, Secretario del Patronato de la Fundación, ante el Notario de Donostia - San Sebastián, don Miguel Gutiérrez y García de los Ríos, n.º 979 de su protocolo.

La referenciada Escritura pública incorpora Certificación expedida en Donostia – San Sebastián el 30 de noviembre de 2011 por don José Antonio Aguirre Franco, en su calidad de Secretario con el visto bueno de la Presidenta, doña M.ª Carmen Garmendia Lasa de la reunión celebrada el 22 de noviembre de 2011, en la que se adoptó por unanimidad de los presentes, entre otros, el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 4, 7, 8, 9, 10, 12, 13 y 14 de los Estatutos de la Fundación.

En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados, así como el texto refundido de los Estatutos Fundacionales.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado propuesta de resolución, atendiendo a los siguientes:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación de los artículos 1, 2, 4, 7, 8, 9, 10, 12, 13 y 14 de los Estatutos de la «Fundación Instituto Gerontológico Matia Ingema».

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública, donde consta la modificación de los artículos estatutarios otorgada el 28 de diciembre de 2011, por don José Antonio Aguirre Franco, Secretario del Patronato de la Fundación, ante el Notario de Donostia - San Sebastián, don Miguel Gutiérrez y García de los Ríos, n.º 979 de su protocolo.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2012.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

Idoia Mendia Cueva.


Análisis documental