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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, viernes 7 de septiembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 14 DE MADRID
4058

EDICTO dimanante de la demanda n.º 698/12 seguido sobre despido.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D.ª Maria Angeles Charriel Ardebol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 14 de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento demanda 698/12 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D./D.ª Loida Sanchez Real contra la empresa Gamesa Eólica, S.L.U., Gamesa Corporación Tecnológica, S.A., Gamesa Eólica, S.L., Gamesa Innovación Tecnológica, S.L., Gamesa Energía, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente:

Se admite a trámite la demanda presentada por don/doña Loida Sanchez Real , frente a Gamesa Eólica, S.L.U., Gamesa Corporación Tecnológica, S.A., Gamesa Eólica, S.L., Gamesa Innovación Tecnológica, S.L., Gamesa Energía, S.L. y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio la audiencia del día 09-10-2012 a las 11:30 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito en la c/ Princesa, n.º 3, 3.ª planta, de Madrid, con las advertencias y apercibimientos previstos en los artículos 21, 82.2, 83 LRJS, así como los del artículo 155.5 de la LEC.

CEDULA DE CITACION

En Madrid a doce de junio de dos mil doce.

En el proceso tramitado por este Juzgado de lo Social en base a la demanda presentada por D./D.ª Loida Sanchez Real contra Gamesa Eólica, S.L.U., Gamesa Corporación Tecnológica, S.A., Gamesa Eólica, S.L., Gamesa Innovación Tecnológica, S.L., Gamesa Energía, S.L. en materia de despido se ha dictado resolución de esta misma fecha cuya copia literal se acompaña.

De conformidad con los artículos 82.2 y 83 de la LRJS se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intentan valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Y para que sirva de notificación y citación a V.d., expido la presente en Madrid.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.

RL Gamesa Corporacion Tecnologica.

Advertencia.– Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Gamesa Corporación Tecnológica, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 9 de julio de 2012.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.


Análisis documental