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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 123, lunes 25 de junio de 2012


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
2903

RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2012, del Director de Gestión de Personal, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes excluidas/os por no haber acreditado el perfil lingüístico exigido en el proceso selectivo convocado por Orden de 10 de febrero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros, de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La base 2.1.f) de la Orden de 10 de febrero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros, de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, establece como requisito general para ser admitida/o al proceso selectivo la acreditación de perfil lingüístico 1 o 2, según el caso.

La base 6.1.2 establece que se abrirá un plazo, dentro del mes de mayo de 2012, a fin de que las personas aspirantes que poseyeran alguna de las certificaciones idiomáticas homologadas o equiparadas a los perfiles lingüísticos 1 o 2, aporten el documento justificativo, excepto las que ya obran en poder del Departamento de Educación, Universidades e Investigación (Perfil Lingüístico 1 de Educación, Perfil Lingüístico 2 de Educación, EGA y Certificado de Aptitud o nivel avanzado de Euskera de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco).

Asimismo, establece la convocatoria de pruebas para la acreditación del perfil lingüístico 1 y 2 de educación.

La base 6.1.2.5 señala que las personas que no posean el perfil lingüístico exigido y, no siéndoles de aplicación el régimen transitorio previsto en la base 2.1.f), no se presenten a la prueba o no sean calificadas como «aptas», quedarán excluidas del proceso selectivo.

Mediante Resolución de 4 de junio de 2012, del Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, se aprobó la lista provisional de aspirantes excluidas/os por no haber acreditado el perfil lingüístico exigido en el proceso selectivo mencionado.

Una vez finalizado el plazo de reclamaciones contra la citada lista provisional,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la lista definitiva de aspirantes excluidas/os por no haber acreditado el perfil lingüístico exigido en el proceso selectivo convocado por Orden de 10 de febrero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros, de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Publicar dicha lista en las Delegaciones Territoriales de Educación y en las direcciones de internet del Departamento de Educación, Universidades e Investigación: http://www.irakasle.net y http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net -> OPE 2011-2012 Docente - Seguimiento del proceso selectivo - Cuerpo y Especialidad - Resultados - Perfiles Lingüísticos.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Administración y Servicios en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de junio de 2012.

El Director de Gestión de Personal,

JUAN MANUEL ARAMENDI ARTEAGA.


Análisis documental