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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 173, lunes 12 de septiembre de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 de Balmaseda
4430

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 113/11 seguido sobre desahucio por falta de pago.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento j. verbal desh. L2 113/11 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Balmaseda (Bizkaia) a instancia de Maria Blanca Sainz Ezquerra Sainz Ezquerra contra Mirella Carron Prieto sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 59/11

Juez que la dicta: D.ª Ana Perez Bobadilla.

Lugar: Balmaseda (Bizkaia).

Fecha: nueve de junio de dos mil once.

Parte demandante: Maria Blanca Sainz Ezquerra Sainz Ezquerra.

Abogado: Ana Isabel Varona Fernandez.

Procurador: Esther Larrea Esnal.

Parte demandada: Mirella Carron Prieto.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad.

Vistos por mí, Dña. Ana Pérez Bobadilla, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Balmaseda (Bizkaia), los presentes autos de j. verbal desh. LECn n.º 113/11 sobre desahucio y reclamación de rentas, entre partes de una como demandante la procuradora Dña. Esther Larrea Esnal en nombre y representación de Dña. Blanca Sainz Ezquerra asistida de su letrado Dña. Ana Varona y de otra como demandada Dña. Mirella Carrón Prieto en situación de rebeldía procesal, en virtud las facultades que me han sido dadas por la Constitución, dicto la siguiente Sentencia,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Esther Larrea Esnal en nombre y representación de Dña. Blanca Sainz Ezquerra frente a la demandada Dña. Mirella Carrón Prieto en situación de rebeldía procesal, he de declarar y declaro haber lugar al desahucio de la vivienda sita en Balmaseda, piso sito en La Magdalena n.º 20-1.º Izda., declarando resuelto el contrato de arrendamiento de la misma, condenando a la referida demandada a que la desaloje y deje libre, expedita y a disposición de la parte actora en el plazo ya legalmente fijado, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario, así como he de condenar y condeno a la referida demandada a que abone a la actora la cantidad de 3.430 euros de principal por las rentas devengadas hasta la fecha del lanzamiento y cantidades y gastos asimilados e intereses señalados en fundamento jurídico quinto, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Mirella Carron Prieto, extiendo y firmo la presente en Balmaseda (Bizkaia), a seis de julio de dos mil once.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental