Sesión de  06/09/2011
Índice

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
El Gobierno Vasco aprueba el Proyecto de Ley del Consejo de Relaciones Laborales
DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO
Ayuda de 196.140 euros a Aurrerantz para personas en situación grave de exclusión social con necesidad de convalecencia en el albergue municipal de Elejabarri
Convocadas las ayudas para proyectos de innovación sobre promoción y educación para la salud
DEPARTAMENTO DE CULTURA
La Iglesia de Santa María en Moreda de Alava y la presa de Villanueva de Valdegovía, declarados como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento
Aprobados 889.900 euros para impulsar la red de equipamientos juveniles en el ámbito local
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

EL GOBIERNO VASCO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DE RELACIONES LABORALES

proyecto de Ley del Consejo de Relaciones Laborales.

El Consejo de gobierno ha aprobado hoy el proyecto de ley del Consejo de Relaciones Laborales (CRL). El texto elaborado por el departamento de Empleo y Asuntos Sociales introduce una serie de reformas a la ley de 1997 que buscan mejorar el funcionamiento del organismo y contribuir a su consolidación como máximo órgano de consulta y diálogo permanente entre los agentes socioeconómicos.

El anteproyecto amplía el rango de normas y disposiciones donde el CRL podrá desarrollar sus funciones consultivas, que en adelante se situarán exclusivamente en el ámbito laboral. Así, entre las actuaciones que desarrollará el Consejo se encuentran las de informar con carácter preceptivo de los proyectos de ley y decretos del Gobierno en materia laboral, así como formular propuestas y elaborar dictámenes relacionados con ese ámbito.

Este organismo consultivo también podrá promover el arbitraje y mediación en los conflictos laborales, y propiciar acuerdos de carácter interprofesional sobre materias concretas.

Las cuestiones relativas a las sociedades cooperativas y a los trabajadores autónomos que no tengan relación con la materia laboral están excluidas del ámbito de actuación del Consejo.

El texto aprobado hoy por el Gobierno mantiene el carácter paritario del CRL (sindicatos y organizaciones empresariales). Sin embargo, una de las principales novedades del documento estriba en que los acuerdos y decisiones se adoptarán por mayoría simple de sus miembros, lo que evitará situaciones de bloqueo a la hora de votar los informes. Cuando se traten de iniciativas de contenido estrictamente laboral impulsadas por el Gobierno, éste podrá intervenir, convirtiendo al CRL en órgano tripartito.

El Consejo de Relaciones Laborales, que mantiene su sede en Bilbao, estará integrado por siete representantes de las organizaciones y confederaciones sindicales, y otros tantos en representación de las confederaciones empresariales. Sus componentes serán designados por cada parte por un periodo de dos años, y nombrados por el lehendakari.

Según establece el proyecto, en su designación y nombramiento se debe procurar una presencia equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuadas. El CRL funcionará en pleno y en comisiones de trabajo, y cada miembro asignado tendrá un voto.

Como hasta ahora, su presidente será nombrado y cesado por el lehendakari, aunque la nueva redacción contempla la audiencia previa de los miembros integrantes del Consejo antes de la designación del presidente por un periodo de 5 años.

 

DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO

AYUDA DE 196.140 EUROS A AURRERANTZ PARA PERSONAS EN SITUACIÓN GRAVE DE EXCLUSIÓN SOCIAL CON NECESIDAD DE CONVALECENCIA EN EL ALBERGUE MUNICIPAL DE ELEJABARRI

Acuerdo de concesión de una subvención directa a Aurrerantz S. Coop. de Iniciativa Social destinada al programa de media estancia para personas en situación de grave exclusión social con necesidad de convalecencia en el Albergue Municipal de Elejabarri.

El Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco concede una subvención directa de 196.140 euros a Aurrerantz S. Coop. de Iniciativa social para la continuidad del programa de media estancia dirigido a personas en situación de grave exclusión social con necesidad de convalecencia que se lleva a acabo en el albergue municipal de Elejabarri.

Este programa está orientado al acogimiento de personas que carecen de soporte sociofamiliar y que, tras su paso por el hospital, precisan cuidados de continuidad y la supervisión de la evolución de su situación de salud.

Las personas que carecen de domicilio tienen mayor riesgo de contraer enfermedades o sufrir accidentes que la población en general. Cuando se presentan estos problemas y son atendidos en centros hospitalarios, en el momento del alta, tras ingreso en planta o atención en servicio de urgencias, no tienen alternativa de alojamiento y cuidados personales que puedan cubrir el periodo de convalecencia lo que genera alargamientos indebidos de la estancia en el hospital y una falta de cuidados posteriores que desembocan frecuentemente en nuevas complicaciones y reingresos.

Para dar respuesta a este vacío existente y, en un marco de colaboración sociosanitaria, se desarrolla el programa de media estancia para personas en situación grave de exclusión con necesidad de convalecencia que contribuye a lograr una mayor equidad en nuestro sistema sanitario y un uso más eficiente de los recursos sanitarios, al acortarse la estancia hospitalaria y evitarse reingresos múltiples de las personas sin hogar que, en la mayoría de los casos, sufren dolencias crónicas.

La coordinación de la iniciativa de Aurrerantza S. Coop. con los recursos del sistema sanitario se alínea con el proyecto estratégico de colaboración Sociosanitaria de la Estrategia de Cronicidad, eje de las políticas del Departamento de Sanidad y Consumo en la actual legislatura, con el que se pretende desarrollar un marco de colaboración sociosanitario en conjunto con los actores de servicios sociales que permita definir la líneas maestras de trabajo y dar una respuesta integral a los pacientes crónicos con necesidad simultánea de atención sanitaria y social.

 

CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA PROYECTOS DE INNOVACIÓN SOBRE PROMOCIÓN Y EDUCACIÓN PARA LA SALUD

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación y del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se convoca a los Centros Docentes no Universitarios para la realización de Proyectos de Innovación relativos a la Promoción y Educación para la Salud a desarrollar durante el Curso 2011-2012

El Departamento de Sanidad y Consumo y el Departamento de Educación, Univesidades e Investigación han convocado el concurso de ayudas a centros docentes no univesitarios para la realización de proyectos de innovación relativos a la promoción y educación para la salud a desarrollar durante el curso 2011-2012, por un importe de 133.899 euros.

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA

LA IGLESIA DE SANTA MARÍA EN MOREDA DE ALAVA Y LA PRESA DE VILLANUEVA DE VALDEGOVÍA, DECLARADOS COMO BIEN CULTURAL CALIFICADO, CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO

A propuesta de la consejera de Cultura, el Consejo de Gobierno ha aprobado sendos decretos por los que se declaran la Iglesia de Santa María en Moreda de Álava (Álava) y la presa de Villanueva, sita en Valdegovía (Álava), como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento. El Departamento de Cultura inscribirá ambos elementos en el Registro de Bienes Culturales Calificados, adscrito al Centro de Patrimonio Cultural Vasco.

Los decretos aprobados establecen también las delimitaciones del bien, que en el caso de la Iglesia de Santa María viene justificada por la necesidad de preservar los valores ambientales, estéticos y visuales del entorno de la iglesia, ya que, dentro de la estructura urbana de la villa, forma parte del entorno urbano en que se ubica ocupando un lugar destacado sobre la cima del cerro. La debida protección y puesta en valor del bien implica la protección de espacios adyacentes a la iglesia, sin los cuales no se entiende su carácter ceremonial originario, la unidad del propio conjunto y su inclusión en la trama urbana. Por ello, esta delimitación incluye no sólo la edificación de la iglesia propiamente dicha, sino también el entorno que la rodea.

En lo que se refiere a la presa de Villanueva, la delimitación del entorno de protección está ceñida a la ocupación física del propio bien y a los espacios adyacentes inmediatos, estableciendo unas distancias mínimas a fin de garantizar la conservación del elemento y sus características específicas.

Iglesia de Santa María

La iglesia de Santa María de Moreda presenta una estructura en la que se superponen diversas etapas de construcción del templo. A la primera época se le atribuyen los restos de una iglesia anterior a la actual, probablemente medieval; a la segunda, S. XVI, la construcción de la nave actual con sus dos tramos abovedados, incluida la portada y el coro; una tercera fase correspondiente con el remate de la torre; por último, a finales del S. XVII y principios del S. XVIII, la construcción de la cabecera, el crucero y las pinturas murales. Las modificaciones que se realizan posteriormente no afectan a la fisonomía general del templo.

El templo, de fábrica de sillería, presenta planta de cruz latina con dos tramos de nave, crucero, cabecera y torre anexa situada a los pies de la nave. Se encuentra edificada, posiblemente, sobre los restos de una edificación anterior. En el interior de la nave se levantan los contrafuertes y paredes en arco apuntado donde se ubican ventanales de transición del gótico al renacimiento, recientemente restaurados. A este respecto, se observan algunas ventanas góticas geminadas y con arcos trilobulados. El crucero se remata con una cúpula de media naranja apoyada sobre pechinas y, en sus lados, con bóvedas de arista que, al igual que la capilla mayor, se encuentra decorado con pinturas.

La torre es de planta cuadrada, de sillería, con dos cuerpos y fue construida, en su mayor parte, con la parte inferior del templo. Su cuerpo superior presenta los arcos de las campanas y está rematada con una cúpula de media naranja.
El acceso a la iglesia se realiza a través de una portada de estilo plateresco de entrado el siglo XVI. Dos grandes columnas estriadas con capitel corintio sostienen el arquitrabe sobre el cual se eleva un frontón triangular con la figura del Padre Eterno rematada con tres jarrones estilizados. Este conjunto presenta un dintel en arco, sobre pilastras, ornamentado con grutescos. El friso corre entre el arquitrabe y el frontón de cabezas de ángeles.

En el interior, se encuentra el coro, sobre un arco escarzado, construido en la segunda fase. Dispone de una bóveda inferior de estrella con trazos curvos y claves lisas. Posteriormente, en 1801 se le añadió la baranda actual de hierro. La Sacristía es de planta rectangular con techo de cúpula oval rebajada.
En el Oeste del templo existe un cuerpo exento de tres arcos de herradura de una posible construcción anterior, perteneciente a una antigua ermita de la zona.

Presa de Villanueva

La presa se ubica en la localidad de Villanueva del municipio de Valdegovía sobre el río Omecillo, a unos 500 metros al SO del molino al que dio servicio, y que se documenta desde el siglo XVIII. Su función consistía en subir el nivel del río para desviar el agua que ponía en marcha el citado molino hacia el canal.
La presa, que forma ligero ángulo con el cauce del río, es una estructura de madera y piedra formada por dos planos inclinados de distinto tamaño e inclinación. Así, la rampa aguas arriba es más corta y de mayor inclinación que la de aguas abajo que es más “tendida”, evitando así la caída brusca del agua que podría perforar las bases de la presa.

Esta estructura recuerda la composición constructiva de una cubierta en madera, si bien combina en su vertiente aguas abajo la madera con cordones de piedra a modo de contrafuertes. La cumbrera o “gallur” que remata las rampas tiene una altura aproximada de 2,10 m., siendo la longitud del gallur de 10,75 m. y la sección de esta pieza de unos 0,35 m.

La vertiente aguas arriba deja ver cerca del gallur el revestimiento lígneo o colomadura que protege el armazón de la estructura. La de aguas abajo, está conformada por troncos de una longitud de unos 3,5 m. con una sección de 0,25 m., combinados con bloques pétreos de toba.

Desde la rampa aguas abajo, en su situación actual y en época de estío, se puede apreciar el “emparrillado” de madera sobre el que se fija la presa al lecho. Se trata de una retícula de aproximadamente 1 m. de lado con un relleno interior a base de bloques pétreos. La retícula formada por elementos lígneos se sujeta al lecho del río mediante clavos de hierro o apoyados estos últimos en tramos emergentes de la roca natural.
A 1,8 m. de la cumbrera de la presa, en su parte izquierda, se encuentra la compuerta mediante la que se desviaba el agua hacia el canal, que tiene una luz aproximada de 1,10 m.

La presa es una singular estructura de madera y piedra, única en su género en el Territorio Histórico de Álava. Las presas de madera que, a tenor de los abundantes vestigios y la documentación escrita, debieron ser de uso frecuente en tiempos pasados, fueron desapareciendo, sustituidas por presas pétreas, por lo que no es frecuente la conservación de ejemplares de ese material o que, como en este caso, presenten tipología mixta. De hecho, en la actualidad este es el único ejemplar conocido y conservado “in situ” en la Comunidad Autónoma Vasca. Este tipo de presas constituyen verdaderas reliquias de la arqueología industrial, verdaderos testigos materiales que nos remiten a formas y técnicas antiguas que ya han ido desapareciendo con el tiempo. Por otra parte, se debe destacar el sistema constructivo de la presa que combina madera y piedra, su aceptable aunque delicado estado de conservación, y su interés histórico y etnográfico.

 

APROBADOS 889.900 EUROS PARA IMPULSAR LA RED DE EQUIPAMIENTOS JUVENILES EN EL ÁMBITO LOCAL

Orden de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de otorgamiento de subvenciones a entidades locales y entidades supramunicipales de carácter local de la Comunidad Autónoma de Euskadi para impulsar la red de equipamientos juveniles en el ámbito local correspondiente al año 2011.

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la consejera de Cultura por la que se regula el régimen de otorgamiento de subvenciones a entidades locales y entidades supramunicipales de carácter local de la Comunidad Autónoma de Euskadi para impulsar la red de equipamientos juveniles en el ámbito local correspondiente al año 2011. Los recursos económicos destinados a esta finalidad ascienden a 889.900 euros.

El Departamento de Cultura comparte con otras Instituciones la labor de fomento de la actividad en materia de juventud de la Comunidad Autónoma. A tal fin, establece, a través de la presente Orden, los cauces para hacer efectivo su apoyo a entidades locales y entidades supramunicipales de carácter local del País Vasco al objeto de impulsar la red de equipamientos juveniles en el ámbito local, tanto desde el punto de vista de su construcción como de la ampliación o mejora de los equipamientos ya existentes.

Para esta orden subvencional se destinan 889.900 euros, a la que podrá acogerse cualquier entidad local de Euskadi con entidad jurídica propia, y las mancomunidades o entidades supramunicipales con personalidad jurídica propia formalmente constituidas por varios municipios del País Vasco conforme a la normativa vigente. Tales entidades supramunicipales deberán ostentar, de conformidad con lo que dispongan sus estatutos, capacidad y objeto idóneos para acometer en su ámbito de actuación los correspondientes proyectos, no pudiendo ser destinatarias de las subvenciones las entidades supramunicipales constituidas por varios municipios en cuyos estatutos no figure la política juvenil como competencia de la entidad supramunicipal.

Se considerarán subvencionables los gastos de elaboración de proyectos por parte de profesionales capacitados/as para obras de edificación, reforma, adecuación o ampliación de inmuebles destinados específicamente a acoger equipamientos para jóvenes entre 14 y 30 años, así como los gastos o coste de ejecución de tales obras durante el ejercicio 2011. En todo caso, los proyectos deberán contar, como mínimo, con una financiación propia de la entidad solicitante del 30% del coste.

El plazo de presentación de solicitudes al amparo de la presente convocatoria será de un mes a contar desde el día que surta efectos la Orden.